El duro revés judicial de Campero: la Corte Suprema se sacó el problema de encima

La Corte Suprema se lavó las manos y mandó el reclamo de Yerba Buena a la Justicia provincial. ¿Podrá Campero dar pelea en los tribunales tucumanos?

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El duro revés judicial de Campero: la Corte Suprema se sacó el problema de encima

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó intervenir en la demanda de Yerba Buena contra la Provincia por la coparticipación y envió el caso a la Justicia tucumana. Un golpe político y judicial para el exintendente Mariano Campero, que ahora deberá pelear en los tribunales locales.

El reclamo fue presentado en 2023 por la Municipalidad de Yerba Buena, que buscaba que la Corte declarara inconstitucional el artículo 2 de la Ley Provincial 6.316, que fija los porcentajes de coparticipación para los municipios tucumanos. El municipio argumentaba que el 3,05% que recibe desde 1991 está desactualizado frente al crecimiento poblacional: pasó de 34.901 habitantes en 1991 a más de 70.000 en 2022.

La demanda fue patrocinada por el constitucionalista Alberto B. Bianchi y firmada por los abogados Gabriel Sabaté, Lino Galarce y Santiago Castro Videla. En un escrito de 57 páginas, se detallaron las nuevas obligaciones que debió asumir el municipio, como la gestión de residuos, la Guardia Urbana Municipal, mayores inversiones en alumbrado, la administración de la escuela Petrona Campero de Adami y la atención médica en un centro asistencial.

¿Qué dijo la Corte Suprema?

El máximo tribunal coincidió con el dictamen de la Procuradora Fiscal y sostuvo que la controversia debe resolverse en los tribunales tucumanos porque involucra cuestiones de derecho público provincial. El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

En la resolución, la Corte señaló: “Para resolver la controversia deberá acudirse, necesariamente, a la hermenéutica y aplicación del derecho público provincial, más específicamente, a las normas locales que rigen el mecanismo de coparticipación provincial a municipios”. Además, remarcó que la cuestión no es apta para la competencia originaria del artículo 117 de la Constitución Nacional.

Sin embargo, la Corte aclaró que podría intervenir más adelante mediante un recurso extraordinario federal si surgieran cuestiones constitucionales o federales durante el proceso.

La reacción de Campero

Tras conocerse el fallo, Campero aseguró que el reclamo continuará pese al revés judicial y afirmó que la propia resolución evidencia diferencias en los criterios de distribución de fondos. También recordó que el municipio de Concepción mantiene un planteo similar ante la Corte Suprema de Tucumán.

El exintendente insiste en que el esquema actual no refleja la realidad demográfica ni las nuevas demandas de infraestructura y servicios. Desde Yerba Buena sostienen que el distrito registra una diferencia negativa del 1,53%, mientras que San Miguel de Tucumán tiene un desfase del 15,77%.

El Gobierno provincial, por su parte, históricamente defendió la legalidad del sistema y su potestad para definir los criterios de distribución. La discusión por la coparticipación municipal lleva años generando tensiones entre los municipios y la Casa de Gobierno.

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