El Ejecutivo tucumano contra las cuerdas: apeló el fallo que exige desintervenir el IPLA

El Gobierno tucumano presentó una casación para frenar la orden de desintervenir el IPLA. ¿Cuáles son los argumentos? Los detalles de la disputa judicial que mantiene en vilo al organismo.

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El Ejecutivo tucumano contra las cuerdas: apeló el fallo que exige desintervenir el IPLA
El Ejecutivo tucumano contra las cuerdas: apeló el fallo que exige desintervenir el IPLA

La Provincia presentó un recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema local para intentar frenar la orden judicial que obliga a terminar con la intervención del Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo (IPLA), un organismo que lleva más de 26 años bajo esa figura excepcional. El Gobierno busca que se revoquen los puntos centrales de la sentencia N° 653, que también fijó un plazo de 60 días para conformar el Directorio.

La presentación, realizada por el abogado Juan Pablo Stein en representación del Superior Gobierno de la Provincia, fue canalizada a través de Fiscalía de Estado y plantea cuatro ejes de cuestionamiento contra lo resuelto por la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo.

¿Quiénes impulsaron el amparo?

Uno de los argumentos más fuertes de la apelación apunta a la legitimación de los propietarios de salones de fiestas y entretenimientos que iniciaron la acción judicial. Según Fiscalía de Estado, estos empresarios no demostraron un perjuicio concreto y diferenciado por el hecho de que el IPLA sea administrado por un interventor y no por un Directorio.

El recurso sostiene que reconocerles esa legitimación los convertiría en una suerte de “fiscales de la legalidad institucional del IPLA”, sin que exista un daño personal y específico. Además, la Provincia señala una supuesta contradicción en el fallo: la Cámara habría sido estricta al rechazar otros reclamos de los mismos empresarios por falta de pruebas, pero habría aplicado un criterio más flexible al admitir el planteo sobre la intervención.

División de poderes, otro eje de la apelación

El Gobierno también cuestiona que la Justicia haya avanzado sobre decisiones que considera propias de la Administración. Para la Provincia, el tribunal “no se limita a remover el vicio, sino que preselecciona la solución y el cronograma, ejerciendo una función de gobierno que le es institucionalmente ajena”.

La sentencia no solo ordenó finalizar la intervención, sino que también dispuso conformar el Directorio en un plazo de 60 días, algo que el Ejecutivo considera una intromisión en el “mérito, oportunidad y conveniencia” de sus decisiones.

La participación de la Legislatura

Otro de los planteos gira en torno a la conformación del Directorio. La Ley 7.243 establece que sus integrantes deben ser designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Legislatura, lo que configura un “acto complejo” que requiere la participación de dos poderes del Estado.

Fiscalía de Estado advierte una contradicción en la sentencia: mientras la Cámara consideró que la Legislatura no debía integrar el proceso judicial, al mismo tiempo ordenó al Ejecutivo alcanzar en 60 días un resultado que necesariamente requiere la intervención del Poder Legislativo.

Una intervención que se extendió por más de 26 años

El conflicto judicial se originó con un amparo presentado en marzo de 2024 por propietarios de salones de fiestas y entretenimientos. La Sala III, integrada por Sergio Gandur y Ebe López Piossek, hizo lugar parcialmente al planteo y consideró que la intervención del IPLA, prolongada durante más de 26 años, terminó desnaturalizando una herramienta prevista como excepcional y transitoria.

La Ley 7.243 establece que una intervención no puede extenderse por más de 60 días corridos. Sin embargo, según la reconstrucción realizada por la Cámara, el organismo permanece intervenido desde julio de 2000, a través de sucesivas prórrogas.

El fallo ordenó adoptar dentro de los 60 días las medidas necesarias para finalizar la intervención y conformar un Directorio integrado por un presidente y dos vocales titulares, designados por el Ejecutivo con acuerdo legislativo.

La nueva prórroga dispuesta por Jaldo

En paralelo al proceso judicial, el gobernador Osvaldo Jaldo había dispuesto una nueva prórroga de 60 días para la intervención encabezada por Dante Loza, mediante el Decreto N° 1.784/7 (MS). La medida fue firmada el 4 de agosto, antes de que se conociera la sentencia, y comenzó a regir el 12 de agosto, prácticamente al mismo tiempo que se difundió el fallo.

Así, quedaron planteados dos plazos de 60 días en paralelo: el establecido por la Justicia para avanzar con la normalización del organismo y el correspondiente a la nueva prórroga de la intervención.

Ahora, con la casación presentada, el Gobierno busca que la Corte provincial deje sin efecto la orden de finalizar la intervención y conformar el Directorio dentro del plazo fijado. La Provincia también dejó planteada la reserva del caso federal, por lo que, si la casación fuera rechazada total o parcialmente, podría intentar llevar el planteo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un recurso extraordinario federal.

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