El encierro de menores en Corrientes: qué cambia con la nueva ley y por qué el STJ ya puso el foco
¿Qué pasa en Corrientes si un adolescente de 14 años comete un delito? La nueva ley ya rige y el STJ dio precisiones que muchos sectores esperaban. Lo que dijo Chaín sobre el encierro y las alternativas, en la nota.
El nuevo Régimen Penal Juvenil ya está en marcha en Corrientes y el ministro del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Alejandro Chaín, explicó a El Libertador los alcances de una reforma que promete reordenar la Justicia de menores. La clave: la privación de libertad como último recurso, reservada para los delitos más graves.
El 5 de septiembre se puso en vigencia la Ley 27.801 junto al nuevo Código Procesal Penal Juvenil provincial. Apenas arrancó, las autoridades hicieron una visita de constitución al Centro de Contención Juvenil. La encabezó el presidente del STJ, Guillermo Semhan, junto a jueces y juezas con competencia penal juvenil, la asesora de menores Alvira, el ministro de Justicia provincial, el secretario de Derechos Humanos y autoridades del Servicio Penitenciario.
Un centro pensado desde el inicio para jóvenes
Chaín destacó que Corrientes es la única provincia con un centro de contención juvenil diseñado, proyectado y construido específicamente para esa función, y no adaptado de una edificación común. El proyecto nació del programa europeo Eurosocial: magistrados como Semhan y Gabriela Aromí viajaron a Europa y también recibieron expertos en la provincia. La obra fue inaugurada por el exgobernador Gustavo Valdés durante su gestión previa como ministro.
La estructura sigue estándares internacionales: la privación de libertad de un menor solo en casos indispensables, como último recurso y con finalidad socioeducativa.
Qué cambia con la reforma
La legislación derogada declaraba punibles a los adolescentes de 16 y 17 años, dejaba a los menores de 16 como inimputables y excluía delitos con penas escasas. Ahora la imputabilidad se amplía a la franja de 14 y 15 años e incluye la totalidad de los delitos del Código Penal y leyes especiales. Para Chaín, esto puede traducirse en un incremento cuantitativo de causas, aunque tanto la Ley 27.801 como el Código Procesal Penal Juvenil ofrecen la herramienta de diversificar la respuesta penal.
¿Eso implica más encarcelamiento juvenil? Según el ministro, no necesariamente. La ley distingue entre delitos graves y leves, pero eso no deriva automáticamente en encierro. En los casos menores prevalecen las medidas socioeducativas orientadas a la readaptación y al respeto de las normas para garantizar la convivencia pacífica en libertad, evitando que la respuesta estatal se reduzca al castigo.
Quiénes están alojados hoy en San Cayetano
El Centro de San Cayetano aloja a varones menores de 18 años sometidos a procesos judiciales, todos bajo prisión preventiva y sin condenados firmes. Por razones legales no pueden convivir procesados con condenados ni menores con adultos: al cumplir los 18, los jóvenes son trasladados a un pabellón especial de menores adultos en la unidad penal.
La capacitación de los agentes que tratan con adolescentes es competencia del Servicio Penitenciario y de áreas del Poder Ejecutivo. El Poder Judicial, en cambio, al disponer el encierro, asume el control continuo de que se respeten los estándares y la legislación dentro del establecimiento.
El caso de las mujeres adolescentes
El Centro de San Cayetano es solo para varones. Antes, las menores mujeres con prisión preventiva cumplían la medida en la Unidad Penal Pelletier, pero esa institución ya no recibe a personas menores de edad. Hoy no existen casos de mujeres adolescentes bajo disposición de la Justicia Penal Juvenil en la provincia. Al no haber casos, Chaín consideró que no se justifica invertir en infraestructura y mantenimiento de un centro femenino específico. Para eventuales situaciones mencionó alternativas como la prisión domiciliaria u otras medidas para controlar la conducta de las procesadas en libertad.