El EPRE aprieta a Naturgy por los cortes en Calingasta y le pone fecha límite
El EPRE intimó a Naturgy por los cortes en Calingasta. ¿Cumplirá con las exigencias o se expone a sanciones? Los detalles.
El Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) de San Juan lanzó una intimación formal contra Naturgy San Juan S.A. por la calidad del suministro en Calingasta. La empresa tiene siete días para explicar los cortes y 30 días para ejecutar mejoras, o se expone a sanciones graves.
La resolución, enmarcada en el Expediente E.P.R.E. N.º 550.05975/25, se apoya en la Ley Provincial N.º 524-A, su Decreto Reglamentario N.º 387/96 y el Contrato de Concesión vigente. El objetivo es garantizar el derecho de los usuarios a recibir información clara y precisa sobre el servicio, tal como establece el artículo 68, apartado c, de la norma.
¿Qué le exigen a Naturgy?
El organismo de control pide un informe técnico auditable con la cronología de todos los cortes de luz totales y parciales registrados en 2026 en la red de Calingasta. Se debe detallar horario de inicio, hora de restitución y cantidad de usuarios afectados en cada evento.
Además, la distribuidora deberá certificar la disponibilidad de generadores de respaldo en puntos críticos como centros de salud, bombas de agua potable y nodos de telecomunicaciones. También tendrá que explicar el estado operativo de las instalaciones de Media y Baja Tensión y las causas estructurales de las fallas.
El plan de trabajo a corto plazo incluye revisión de la traza, poda, calibración de protecciones, reconfiguración de alimentadores y reemplazo de equipamiento crítico. Naturgy debe demostrar también su capacidad para atender los reclamos de los vecinos en el departamento.
¿Qué pasa si no cumple?
La empresa tiene diez días hábiles desde la notificación para acreditar el cumplimiento y presentar el plan de acciones. Si no lo hace, se abrirán acciones sumariales que podrían derivar en severas sanciones según el Marco Regulatorio y el Contrato de Concesión.
La resolución agota la vía administrativa, dejando abierta la posibilidad de recurrir a la justicia contencioso-administrativa, conforme a los artículos 74 de la Ley Provincial N.º 524-A y 767 de la Ley Provincial N.º 988-O. Además, ordena su publicación en el Boletín Oficial y la notificación al intendente y al Concejo Deliberante de Calingasta.