El EPRE opinó sobre el conflicto por la tasa de alumbrado en Bariloche y hay un detalle que no cierra

El EPRE dio su veredicto en la pelea por la tasa de alumbrado en Bariloche. ¿La CEB debe seguir cobrando? ¿Qué condiciones no se pueden imponer? Los detalles que definen el futuro del servicio.

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El EPRE opinó sobre el conflicto por la tasa de alumbrado en Bariloche y hay un detalle que no cierra
El EPRE opinó sobre el conflicto por la tasa de alumbrado en Bariloche y hay un detalle que no cierra

El Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) finalmente se pronunció en la disputa entre la Municipalidad de Bariloche y la Cooperativa de Electricidad Bariloche (CEB) por la percepción de la tasa de alumbrado público. El organismo aclaró que la CEB no puede dejar de cobrar esa tasa, pero puso un límite a las exigencias municipales.

La respuesta llegó tras una consulta elevada por el municipio el 27 de julio. El EPRE, a través de su gerencia de Regulación, Auditoría y Control de Gestión, citó el artículo 35 de la ley 2902, el Marco Regulatorio eléctrico provincial, que obliga a las distribuidoras a actuar como agentes de recaudación de esa tasa municipal “cuando estos así lo requieran expresamente y en las condiciones que pacten las partes”.

¿Qué dice el EPRE sobre el fin del convenio de 1988?

El ente de control fue tajante: el fin del convenio que unía a la CEB con el municipio desde 1988 no elimina la obligación legal de la cooperativa de seguir cobrando la tasa. La resolución del intendente Walter Cortés, la 2415/2026, que pone fin a ese acuerdo, no es suficiente para eximir a la CEB de esa responsabilidad.

Sin embargo, el EPRE también marcó que los procedimientos de facturación, liquidación y rendición de cuentas no están definidos por la ley, sino que necesitan un acuerdo entre las partes. Nada puede imponerse de manera unilateral.

La postura del municipio y la CEB

El asesor municipal Agustín Domingo sostuvo que si la CEB está obligada a recaudar, debe rendir cuentas como cualquier agente de recaudación. “Pedir detalle de los sujetos pasivos de percepción y plazos razonables”, ejemplificó.

Del otro lado, el presidente de la CEB, Alejandro Pozas, remarcó que el EPRE insiste en que debe haber acuerdo de partes, y que ese acuerdo es el convenio de 1988, que el intendente canceló a partir del 1 de septiembre. “Nosotros siempre tuvimos voluntad de acuerdo, pero nos intentan imponer cambios por una disposición que no corresponde. Solo una ordenanza puede cambiar las condiciones”, disparó.

¿Qué pasa ahora?

La nota del EPRE se sumará al expediente judicial que tramita el Juzgado Contencioso Administrativo de Bariloche, donde la CEB cuestiona la disposición 40 de la secretaría de Hacienda que exige rendición de cuentas. El juez Iván Sosa Lukman deberá definir si la disposición municipal puede estar por encima de un convenio ratificado por ordenanza.

El conflicto sigue abierto y la pelota ahora está en la justicia.

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