El experimento con alcohol que terminó con una alumna internada 70 días: condenan al colegio
Una compañera agregó alcohol a la mezcla y la deflagración alcanzó de lleno a la adolescente, que terminó 70 días en terapia intensiva. Ahora la Justicia apuntó contra el colegio: dicen que el laboratorio no tenía ni lo básico para proteger a los chicos.
El Juzgado en lo Civil y Comercial de 51° Nominación de Córdoba condenó a un colegio privado por las quemaduras de extrema gravedad que sufrió una alumna durante una clase de química, cuando una compañera manipuló alcohol de forma imprudente. La víctima, que tenía 17 años al momento del accidente, quedó con una incapacidad psicofísica permanente y definitiva.
El episodio ocurrió mientras las adolescentes realizaban un experimento conocido como "la serpiente del faraón", que consiste en manipular elementos inflamables para formar una estructura carbonosa negra que crece con forma de serpiente.
En pleno desarrollo de la actividad, una compañera agregó alcohol a la mezcla y se desató una deflagración con expansión ígnea que alcanzó directamente a la damnificada. Las llamas le provocaron quemaduras de extrema gravedad en distintas partes del cuerpo.
La estudiante permaneció internada en terapia intensiva durante 70 días y debió atravesar decenas de intervenciones quirúrgicas, entre limpiezas, ablaciones y autoinjertos de piel, además de un prolongado proceso de rehabilitación.
Un "contrato de consumo" y responsabilidad objetiva
El juez Gustavo Massano encuadró la relación entre el colegio y sus alumnos —o sus padres, cuando son menores de edad— como un "verdadero contrato de consumo", y aplicó el régimen de responsabilidad objetiva del artículo 1767 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Para el magistrado, la institución educativa actúa como proveedora, en tanto empresa que organiza y ofrece su actividad de enseñanza a la comunidad. La alumna, en cambio, es consumidora: usuaria y destinataria final del servicio que brinda el colegio.
Los argumentos que no prosperaron
La defensa del colegio pidió ser eximida de responsabilidad y sostuvo que el daño se produjo por la conducta impropia de otra estudiante. La compañía de seguros citada en garantía fue más lejos: planteó que esa inconducta configuró un caso fortuito, por imprevisible o inevitable. El juez rechazó ambas posturas.
Massano precisó que los alumnos no son "terceros extraños" respecto del establecimiento, sino que están amparados por el deber de custodia e indemnidad del colegio. Por eso, su accionar no puede funcionar como eximente de responsabilidad.
Además, remarcó que manipular fuego y alcohol es una actividad riesgosa y que la conducta irreflexiva de un adolescente entra dentro de las contingencias previsibles que la autoridad escolar debe contemplar.
Sin protecciones y con supervisión insuficiente
La pericia técnica en higiene y seguridad, junto con el resto de las pruebas de la causa, demostró que el laboratorio del colegio no contaba con los elementos básicos de protección personal ni con las medidas de seguridad necesarias. El juez también señaló que se omitió aplicar el propio manual de seguridad del laboratorio que tenía la institución.
A esto se sumó la supervisión insuficiente: una sola docente estaba a cargo de controlar en simultáneo a varios grupos que hacían la prueba de fuego en paralelo, sin un orden secuencial estricto, sin ayudantes de laboratorio y sin haber inspeccionado antes la idoneidad de los recipientes de alcohol que llevaron los propios alumnos.