El extraño giro judicial que dejó libre a un acusado y encarcelados a otros dos por el mismo caso
¿Cómo puede un tribunal absolver a uno y condenar a otros dos con la misma prueba? La Fiscalía expone la contradicción que podría reabrir el caso.
La Fiscalía Federal presentó un recurso de casación que expone una **contradicción lógica** en la causa por el laboratorio de cocaína de Icaño: mientras los hermanos Barakat fueron condenados en 2018, José Luis "Chato" García Coronado resultó absuelto por la duda en julio, con la misma prueba.
El 8 de julio, el Tribunal Oral Federal (TOF) de Catamarca, integrado por los jueces Federico Bothamley, Abelardo Basbus y Jorge Chamia, decidió por unanimidad absolver a García Coronado del delito de "fabricación de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas organizadas". Los magistrados participaron de manera remota por cuestiones de agenda.
¿Qué argumenta la Fiscalía?
Según el recurso presentado por los fiscales Rafael Vehils Ruiz y María Correa, no se trata de un juicio nuevo, sino de la continuación de una única causa que se separó porque García Coronado estaba prófugo cuando se juzgó a los hermanos Barakat. Permaneció prófugo durante 13 años y fue detenido recién en 2023.
La prueba documental, testimonial y pericial utilizada para condenar a los hermanos —ratificada por la Cámara Federal de Casación Penal en 2019— es la misma que se incorporó en el debate contra García Coronado. El acusado "nunca fue sorprendido con prueba que no conocía o de la que no pudo confrontar".
La sentencia de 2018 ya había establecido que los tres actuaron de modo organizado, cumpliendo roles específicos en la adquisición de sustancias como lidocaína, cafeína y manitol, utilizadas para estirar la cocaína. Sin embargo, el nuevo TOF llegó a una conclusión opuesta: no tuvo por acreditado que García Coronado conociera el destino ilícito de los productos.
"Un tribunal no puede declarar que un hecho ocurrió de una manera para dos imputados y de una manera incompatible para un tercero", plantea la Fiscalía, invocando el principio de no contradicción. Para el Ministerio Público, esta ruptura configura un caso de arbitrariedad por violación de la sana crítica racional.
¿Qué pidió la Fiscalía?
En los alegatos, el Ministerio Público solicitó 10 años de prisión para García Coronado como partícipe necesario, por considerar que su aporte —la compra de sustancias de corte mediante su inscripción como proveedor mayorista y los amplios poderes otorgados a los Barakat— fue esencial para el funcionamiento del laboratorio hallado en 2010, tras el doble homicidio de Ángel Chame e Hiladia Vallejos.
El recurso también cuestiona que el nuevo TOF haya considerado "abstracta" la existencia de la organización, pese a que ya había sido acreditada en el juicio de 2018. Ahora, la Cámara Federal de Casación Penal deberá decidir si hace lugar al recurso y ordena una nueva sentencia.
En noviembre de 2018, el entonces fiscal Vehils Ruiz mencionó a García Coronado en su alegato: "Los hermanos compartían depósitos. Las sustancias encontradas en Icaño fueron aportadas por los hermanos Barakat y por García Coronado —prófugo—". Ese juicio terminó con una condena de 12 años de prisión para cada uno de los hermanos sirios, hallados culpables como partícipes necesarios.