El fallo catamarqueño que llegó a un libro nacional y marca un antes y un después en los juicios por jurados

¿Sabías que un fallo catamarqueño fue incluido en un libro jurídico nacional? Conocé los detalles de esta decisión que ratificó la irrecurribilidad de los veredictos absolutorios del jurado popular.

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El fallo catamarqueño que llegó a un libro nacional y marca un antes y un después en los juicios por jurados
El fallo catamarqueño que llegó a un libro nacional y marca un antes y un después en los juicios por jurados

La firmeza de los veredictos absolutorios del jurado popular en Catamarca fue reconocida en una publicación jurídica de alcance nacional. Se trata de un fallo de la Corte de Justicia local que ratificó la irrecurribilidad de esas decisiones y que ahora forma parte de un libro editado por Ad Hoc.

La Editorial Ad Hoc lanzó el libro "Ne bis in idem, double jeopardy y la firmeza del veredicto del jurado", que integra el volumen N° 14 de la Colección de Juicio por Jurados y Participación Ciudadana en la Administración de Justicia, dirigida por Alberto Binder y Andrés Harfuch. La obra cita el fallo catamarqueño junto con otros dos de Chaco y Entre Ríos, todos vinculados al mismo planteo de fiscales y querellantes contra veredictos de no culpabilidad.

Este reconocimiento se suma al que ya había hecho la Asociación Argentina de Juicio por Jurados (AAJJ) en dos oportunidades durante el año pasado: primero por la exigencia de unanimidad en el primer juicio por jurados de Andalgalá, y luego por la irrecurribilidad de un veredicto absolutorio dictado en marzo de 2025 en un caso de abuso sexual.

¿Qué dice la ley provincial?

La Ley Provincial 5719, que rige el sistema de jurados en Catamarca desde diciembre de 2021, establece en su artículo 89 que el veredicto absolutorio del jurado "será obligatorio para el juez director y hará cosa juzgada material, concluyendo definitiva e irrevocablemente el procedimiento y la persecución penal en contra de la persona acusada".

En noviembre pasado, la Sala Penal de la Corte de Justicia rechazó un recurso de casación presentado por la querella y la Fiscalía contra un veredicto de no culpabilidad. El máximo tribunal provincial declaró inadmisible formalmente el planteo y ratificó que los veredictos absolutorios de los jurados no pueden ser recurridos.

La Sala Penal, con fundamentos de la ministra Fernanda Rosales Andreotti y la adhesión de Hernán Martel y Verónica Saldaño, destacó la importancia de sostener el sistema de juicios por jurados, donde la voluntad de la ciudadanía tiene la última palabra en las causas penales.

¿Qué dijo Harfuch sobre el fallo?

Consultado por El Ancasti en noviembre pasado, Andrés Harfuch explicó que el fallo catamarqueño "regula uno de los aspectos más importantes del sistema de jurado", en referencia a la firmeza del veredicto, y remarcó que Catamarca se alinea con una corriente jurisprudencial que ya contaba con antecedentes en Buenos Aires, Entre Ríos y Chaco.

El libro también rinde homenaje a los fallos "McElrath vs. Georgia", de la Corte Suprema de Estados Unidos (2024), y "Pitman", de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires (2024), que establecieron la inapelabilidad de los veredictos de no culpabilidad del jurado como derivación de la garantía de ne bis in idem. Según precisó la AAJJ, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme recientemente el fallo "Pitman".

Fuentes judiciales indicaron que la decisión de la Corte "es un avance significativo hacia la consolidación del sistema judicial democrático que representa el juicio por jurados, donde la voz del pueblo se mantiene como un pilar fundamental en la administración de justicia".

Este es el segundo fallo de la Corte de Justicia de Catamarca que la AAJJ destacó en 2025. En enero del año pasado, la misma asociación había valorado otra sentencia de la Sala Penal que ratificó la exigencia de unanimidad en los veredictos del jurado, en el primer juicio por jurados de Andalgalá.

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