El fallo que complica a un dirigente del PRO: la Corte mantiene la protección para los pobladores del oeste pampeano
La Corte Suprema rechazó la apelación de Luis Bertone y su madre en el conflicto por las tierras del oeste pampeano. ¿Qué argumentos esgrimieron y por qué el tribunal no los consideró? Los detalles de un fallo que mantiene la protección a los pobladores.
El empresario y dirigente del PRO Luis Bertone sufrió un nuevo revés judicial: la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la queja que presentó contra el fallo que declaró constitucional la ley que protege a los pobladores del oeste pampeano. Con esta decisión, se mantiene firme la suspensión del desalojo de la familia Suárez, que ocupa esas tierras desde hace décadas.
El máximo tribunal no analizó el fondo del asunto, sino que desestimó la presentación por un detalle formal: el escrito superaba la cantidad de páginas permitidas. En la sentencia, a la que accedió Diario Textual, los jueces sostuvieron que “la recurrente no cumplió con uno de los requisitos previstos en el art. 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, en tanto ha excedido el número de páginas permitido”.
¿Quiénes son los protagonistas del conflicto?
La causa, caratulada “Arzani Nélida Alicia c/ Suárez Pascuala y otros s/ sumarísimo (interdicto de recobrar y de retener)”, enfrenta a Nélida Alicia Arzani, madre de Luis Bertone, con la familia Suárez. Bertone es dueño de cotos de caza, propietario del Hotel Calfucurá y exfuncionario provincial, mientras que Arzani compró parte de los campos que los Suárez ocupan, junto a Oscar Valle, un molinero jubilado que adquirió 4 mil hectáreas en la zona.
Los Suárez, por su parte, aseguran ser descendientes de pueblos originarios y que ocupaban esas tierras mucho antes de que los De Franco, denunciados por apropiación de tierras, las vendieran. La Ley Provincial N° 2222 los amparó y evitó el desalojo.
Un antecedente violento
La disputa por estas tierras ya tuvo un episodio grave: el 9 de junio de 2013, Raúl Suárez, hijo de Pascuala, baleó a Luis Bertone en las piernas en el predio ubicado en el lote 8, parcela 6, sección XIX, fracción D, departamento Limay Mahuida. Bertone sufrió lesiones leves.
¿Qué dice la ley?
La Ley Provincial N° 2222, prorrogada en varias oportunidades (entre ellas por la Ley N° 3543), suspende los desalojos y remates de inmuebles rurales en los departamentos Chicalcó, Chalileo, Puelén, Curacó y Limay Mahuida. Su objetivo es proteger a familias, puesteros y comunidades originarias que ocupan esas tierras mientras no exista una solución integral sobre la regularización de la tenencia.
El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa ya había ratificado la constitucionalidad de la norma, al entender que la protección no alcanza solo a las comunidades indígenas, sino también a los pobladores ancestrales del oeste pampeano, tengan o no ascendencia indígena. Además, la vinculó con la Ley Provincial N° 2876, que creó el Programa Provincial para la Regularización de la Tenencia de la Tierra.
Los argumentos que no prosperaron
En su recurso extraordinario federal, Arzani planteó que la ley es inconstitucional, que ya no existe una situación de emergencia que justifique la suspensión de desalojos, que la protección a los puesteros es excesiva y que la norma afecta el derecho de propiedad. También invocó arbitrariedad y gravedad institucional.
Pero el STJ consideró que esos argumentos eran una reiteración de planteos anteriores y que no rebatían los fundamentos centrales de la sentencia. Tampoco se acreditó la arbitrariedad ni la gravedad institucional invocadas.
Con el rechazo de la Corte, la ley sigue vigente y la familia Suárez permanece en el campo. El conflicto, sin embargo, parece estar lejos de resolverse.