El fallo que evitó la cárcel para los condenados por la muerte de Mandagaray: los antecedentes que inclinaron la balanza
¿Qué antecedentes usaron las defensas para evitar la cárcel? Los casos de Pazos, Luján y Centanni fueron clave para que los condenados por la muerte de Mandagaray reciban tobilleras en lugar de prisión preventiva.
La Justicia de Río Negro decidió que los tres policías condenados por la muerte de Gabriel Mandagaray no vayan a prisión preventiva, pero sí deberán usar tobilleras electrónicas. El tribunal aceptó los argumentos de las defensas, que se apoyaron en tres casos resonantes para demostrar que existen alternativas al encierro.
El debate por la situación procesal de Alejandro Gattoni, Alfredo Nahuelcheo y Maximiliano Vitali Méndez sumó un capítulo clave este jueves. Mientras la Fiscalía insistía en que el avance de las condenas aumentaba el riesgo de fuga, el abogado Manuel Maza, defensor de Nahuelcheo, presentó antecedentes judiciales que terminaron siendo decisivos. El tribunal integrado por Carlos Reussi, Ignacio Gandolfi y Marcelo Álvarez ordenó la colocación de tobilleras, pero descartó el encarcelamiento.
¿Qué penas recibieron los policías?
Gattoni, supervisor del COER, fue condenado a 4 años y 10 meses de prisión e inhabilitación especial por el doble de tiempo. Nahuelcheo recibió 4 años y 6 meses, y Vitali Méndez, 4 años y 3 meses, también con inhabilitación. Sin embargo, las sentencias aún no están firmes: la Corte Suprema de la Nación debe expedirse, por lo que hasta entonces no pueden ser enviados a la cárcel.
El caso Pazos: prisión domiciliaria por una tentativa de homicidio
Uno de los ejemplos citados por Maza fue el de Sixto Nicolás Pazos, un hombre de 51 años imputado por intentar matar a su pareja en Sierra Grande en 2021. Según la acusación, el 25 de diciembre, alrededor de las 4 de la madrugada, tras una discusión por el final de la relación, tomó una carabina calibre 22 y le disparó a la mujer, que estaba sentada en la cama. Ella logró cubrirse el rostro con la mano izquierda y recibió asistencia médica.
Maza recordó que Pazos, pese a tener una tentativa de homicidio calificada por violencia de género, obtuvo prisión domiciliaria antes de la condena. "No tenía más de 70 años, no estaba embarazado porque era un varón, no estaba dando el pecho, no tenía hijos menores, no tenía una enfermedad terminal. Sin embargo, estuvo preso en su casa", argumentó el letrado.
Luján: un homicidio con alternativas al encierro
Otro antecedente fue el de Carlos Fabián Luján, un carnicero condenado a 4 años y medio por la muerte de Mariano Francisco, un joven trabajador golondrina, en San Javier en 2022. La Justicia lo encuadró como homicidio en estado de emoción violenta. Maza destacó que, pese a la gravedad del delito, Luján pudo discutir alternativas a la prisión efectiva por su arraigo en la ciudad, donde vivía con su esposa e hijos. "Idéntica situación a la de los instructores, que tienen a todo su seno familiar en la ciudad donde residen", comparó.
Centanni: siete años y medio con tobillera
El tercer caso fue el de Horacio Centanni, bedel de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN), condenado en septiembre de 2024 a 7 años y medio de prisión por abuso sexual con acceso carnal contra una compañera de trabajo. Maza señaló que Centanni, a pesar de la pena considerable, permanece con monitoreo electrónico en Bahía Blanca mientras espera la sentencia firme. "Nahuelcheo tiene una pena prevista de cuatro años y medio", contrastó.
El defensor utilizó estos ejemplos para sostener que la tobillera electrónica es una herramienta válida para garantizar que los imputados queden a disposición de la Justicia, y cuestionó que ahora se la considere insuficiente cuando antes se la aceptaba.
"Capacidad de fuga no es lo mismo que intención de fuga"
Maza también apuntó contra el argumento central de la Fiscalía sobre el riesgo de fuga. "Tener capacidad para escapar no significa tener intención de hacerlo", afirmó. En ese sentido, recordó que Nahuelcheo permaneció a derecho durante todo el proceso, cumplió con las obligaciones impuestas y se presenta todas las semanas a firmar. Destacó su arraigo: domicilio, trabajo y vínculos familiares en Viedma.
La audiencia se realizó de manera presencial en la Sala Anexo de Viedma, con Nahuelcheo presente, Gattoni conectado desde General Roca y Vitali Méndez desde Bariloche. También asistieron los padres de la víctima, Antonio Mandagaray y Adriana Fabi. Finalmente, el juez Reussi descartó la prisión preventiva y ordenó las tobilleras, una decisión que deja en suspenso el futuro de los condenados mientras la causa sigue su curso.