El fallo que nadie esperaba: la Corte dejó firme la condena al profesor Trigatti
El profesor de educación física acusado de abusar de sus alumnas en un jardín de infantes agotó todas las instancias. ¿Qué argumentos usó la Corte para cerrarle la puerta?
El profesor de educación física Juan Trigatti no podrá eludir la cárcel. La Corte Suprema de Santa Fe rechazó el último recurso de su defensa y confirmó la pena de 12 años de prisión por abusar de alumnas de un jardín de infantes.
¿Qué decidió exactamente el tribunal?
Con un fallo firmado el lunes 3 de agosto, el Máximo Tribunal provincial desestimó la queja presentada por los abogados del docente. De esta manera, quedó firme la sentencia que había dictado la Cámara de Apelaciones, que en su momento revocó la absolución de primera instancia.
Los jueces consideraron que los argumentos de la defensa no demostraron arbitrariedad ni violaciones a las garantías constitucionales. Según la resolución, "los planteos formulados por la defensa solo reflejan una mera discrepancia con la valoración probatoria efectuada por los jueces de la causa, contando la sentencia condenatoria con la debida fundamentación y apego a la sana crítica racional".
¿De qué delitos lo hallaron culpable?
Trigatti fue encontrado responsable en concurso real por cuatro hechos de abuso sexual gravemente ultrajante y un hecho de abuso sexual simple. Todos los casos ocurrieron durante sus clases en el jardín Ceferino Namuncurá, en el barrio Yapeyú de la ciudad de Santa Fe, y las víctimas eran alumnas de corta edad.
La figura agravada se aplicó porque el condenado era el encargado de la educación de los menores. El tribunal valoró el relato de las niñas en las entrevistas de Cámara Gesell, los informes de los profesionales intervinientes y los testimonios de los familiares directos. También descartó cualquier irregularidad en la incorporación de los amicus curiae.
¿Qué pasa con la prisión preventiva?
En una resolución paralela, la Corte también ratificó la prórroga de la prisión preventiva. El tribunal fundamentó la decisión en la gravedad de los delitos, el monto de la pena y el avanzado estado del proceso, factores que aumentan el riesgo de fuga.
Ambas resoluciones se adoptaron por mayoría. Los ministros Rafael Gutiérrez, Eduardo Spuler y Daniel Weder votaron en disidencia, aunque aclararon que su postura no implicaba pronunciarse sobre el fondo del asunto.