El fallo que sacude a la Unidad Penal N°10: ordenan que nadie más quede encerrado sin causa penal

La Justicia correntina declaró inconstitucional lo que pasa puertas adentro de la Unidad Penal N°10 y puso plazos que la Provincia no puede esquivar. Hay 30 personas encerradas sin causa penal y un dato sobre el promedio de permanencia que duplica al resto de los penales.

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El fallo que sacude a la Unidad Penal N°10: ordenan que nadie más quede encerrado sin causa penal
El fallo que sacude a la Unidad Penal N°10: ordenan que nadie más quede encerrado sin causa penal

La Justicia de Corrientes declaró inconstitucional el estado en que viven las personas alojadas en la Unidad Penal N°10, Área de Seguridad Hospital de Salud Mental San Francisco de Asís. El juez Leandro Damián Llorente, del Juzgado de Garantías, hizo lugar a un hábeas corpus correctivo y colectivo presentado por el Comité Provincial de Prevención de la Tortura y organizaciones de derechos humanos, y fijó plazos perentorios para que el Gobierno provincial intervenga el edificio y reubique a los residentes que no tienen procesos penales.

La Resolución N° 3410 no solo describe el deterioro edilicio: califica como privación de libertad ilícita el confinamiento de personas que nunca fueron acusadas de un delito. Además, prohíbe el ingreso de nuevos residentes por motivos civiles y exige una reestructuración inmediata.

Treinta personas encerradas sin causa penal

El relevamiento oficial determinó que en el recinto hay 39 personas. De ese total, 30 permanecen recluidas por decisiones de salud mental o asistencia civil, sin vínculo con ningún delito ni proceso criminal abierto. Las nueve restantes están bajo la órbita de la justicia penal.

Los peritajes revelaron que el tiempo promedio de permanencia en esta unidad oscila entre nueve y 12 años, el doble que en el resto de los penales provinciales. Hay residentes que llevan encerrados de manera ininterrumpida desde 1998, 2001, 2002, 2005 y 2006.

Los informes médicos indican que al menos 16 residentes ya tienen el alta por no representar peligro para sí mismos ni para terceros. Siguen adentro porque no tienen redes familiares ni centros comunitarios de apoyo que los reciban.

Riesgo de electrocución, celdas sin ventilación y ataduras con sábanas

Las inspecciones judiciales detectaron un riesgo eléctrico prioritario: tableros sin tapas, cables expuestos al alcance de la mano, luminarias colgadas de sus propios conductores y ausencia total de conexión a tierra.

En los pabellones masculinos se constató olor a orina, hundimientos en los pisos de las duchas por filtraciones subterráneas e inodoros sin asiento cuyos depósitos se accionan desde el pasillo. En el sector femenino, las letrinas no tienen sistema automático de agua y deben lavarse a mano con bidones. Las puertas de chapa de los baños están oxidadas, con bordes filosos que representan peligro de cortes.

El informe también verificó la existencia de cuatro celdas de contención para aislamiento, sin ventilación ni iluminación natural.

Durante las actuaciones se confirmó que un residente con movilidad reducida, José Martín Aguirre, era atado con sábanas a su silla de ruedas y a su cama. La dirección del recinto justificó el procedimiento por falta de personal para asistirlo y el riesgo de caídas.

Entre 2022 y 2025 se registraron cuatro muertes bajo custodia estatal: Marcos Pedro López, de 25 años, fallecido tras un incendio en una celda de aislamiento; Patricia Nicolasa Carles, de 53, por problemas de salud; Rubén Oscar Gales, de 61, tras ingerir un objeto metálico; y Juan Carlos Brozzoni, de 60, por una afección pulmonar.

Los plazos que la Provincia debe cumplir

El fallo prohíbe de inmediato los aislamientos y las ataduras. En 10 días, Aguirre debe contar con una cama ortopédica con barrales y una silla de ruedas adecuada.

En materia edilicia, se otorgaron 15 días para eliminar los riesgos eléctricos urgentes, 60 días para la puesta a tierra integral y 90 días para reparar los sanitarios de mujeres.

Para la población sin causas delictivas, el tribunal dispuso 30 días para evaluar cada caso de forma individual y un plazo máximo de seis meses para concretar la salida definitiva de todos los residentes civiles hacia viviendas familiares o centros comunitarios de salud. La orden es taxativa: no puede volver a quedar ninguna persona sin causa penal dentro de la cárcel.

Por último, se ordenó conformar una Mesa de Trabajo, Diálogo y Seguimiento con reuniones cada 30 días para controlar la ejecución del plan y fiscalizar las salidas ordenadas.

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