El femicidio de Mena: la Justicia cambió la modalidad de detención de Linco
El femicidio de Mena: la Justicia cambió la modalidad de detención de Linco y ahora espera el nuevo juicio bajo custodia policial permanente. La decisión se apoya en un artículo del Código Procesal Penal neuquino.
El Tribunal de Impugnación de Neuquén resolvió que Jorge Linco, acusado por el femicidio de Corina Mabel Mena, cumpla detención domiciliaria bajo custodia policial permanente mientras espera un nuevo juicio. La medida llega después de que se anulara el veredicto que lo había declarado culpable y la condena a prisión perpetua.
La decisión fue tomada por unanimidad por las juezas Florencia Martini y Liliana Deiub y el juez Nazareno Eulogio. Además de la vigilancia policial las 24 horas, el tribunal dispuso que Linco no pueda tener contacto con las víctimas ni con sus familiares.
También se ordenó al juez de garantías Ignacio Pombo —o a quien intervenga en la causa— que en un plazo de 48 horas disponga las medidas necesarias para preservar el proceso.
Por qué se modificó la detención
Según informó el Tribunal Superior de Justicia, la resolución se basa en el artículo 119 del Código Procesal Penal de Neuquén. Esa norma establece que la prisión preventiva sin una declaración de responsabilidad no puede extenderse más de un año.
El 15 de septiembre, otra sala del Tribunal de Impugnación había anulado la sentencia contra Linco y ordenado un nuevo juicio por jurados. Los jueces Richard Trincheri y Estefanía Sauli y la jueza Patricia Lupica Cristo detectaron irregularidades en el veredicto: señalaron que un primer pronunciamiento del jurado tenía aspectos contradictorios y no cumplía con las exigencias procesales.
Esa nulidad dejó sin efecto la declaración de responsabilidad y retrotrajo la causa a la instancia previa al debate. Para el tribunal que ahora resolvió la domiciliaria, esa situación impide mantener la prisión preventiva en los términos anteriores. Sin embargo, consideró que los riesgos de fuga y de entorpecimiento siguen vigentes, por lo que dispuso la custodia policial permanente y las restricciones de contacto.
Los vaivenes judiciales sobre la domiciliaria
La nueva resolución modifica lo dispuesto el 24 de septiembre, cuando un tribunal revisor había revocado una detención domiciliaria que Pombo había concedido el día 18. Aquella medida nunca llegó a concretarse.
En esa instancia, la asistente letrada de la Fiscalía, Lucila Maggiora, pidió mantener la prisión preventiva por considerar que existía riesgo de fuga. La abogada querellante de la familia de Mena, Lorena Miani, acompañó ese pedido.
Pombo había dado siete días a la defensa para presentar un domicilio adecuado, porque el lugar inicialmente propuesto no podía ser controlado. Durante ese plazo mantuvo al acusado en prisión preventiva.
El tribunal revisor, integrado por Lisandro Borgonovo, Juan Pablo Encina y Eduardo Egea, revocó por mayoría esa decisión. Cuestionó, entre otros puntos, que se prolongara la detención cuando el juez ya la había considerado ilegítima.