El fiscal no se quedó quieto: apeló el sobreseimiento del alumno que atacó a tiros en la escuela de San Cristóbal

El juez dio por probada la participación del menor en el ataque a la escuela Mariano Moreno, pero lo sobreseyó por su edad. El MPA no está de acuerdo con que el expediente pase a Familia y ya apeló: ahora la pelota la tiene la Justicia de Rafaela.

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El fiscal no se quedó quieto: apeló el sobreseimiento del alumno que atacó a tiros en la escuela de San Cristóbal
El fiscal no se quedó quieto: apeló el sobreseimiento del alumno que atacó a tiros en la escuela de San Cristóbal

El Ministerio Público de la Acusación (MPA) presentó un recurso de apelación contra la decisión del juez José Alberto Boaglio de remitir a los Tribunales de Familia el legajo penal del menor de edad que protagonizó el ataque armado en la escuela Mariano Moreno de San Cristóbal, ocurrido el pasado 30 de marzo.

La presentación se concretó el jueves 8 de octubre ante la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) de Segunda Instancia de Rafaela, que ahora deberá fijar día y hora para la audiencia. El sobreseimiento había sido dictado por el magistrado el lunes 5 de octubre.

Qué resolvió el juez Boaglio

En su resolución, Boaglio dio por acreditados todos los hechos que la Fiscalía le atribuyó al menor de edad. Según el fallo, quedó confirmada su plena participación en los ilícitos y en los daños y padecimientos que produjo a las víctimas.

Sin embargo, el magistrado aplicó la ley vigente en la Argentina al momento de los hechos, que establecía que las personas menores de 16 años no eran punibles. Por ese motivo, correspondía dictar el sobreseimiento.

El argumento del MPA para apelar

Desde el Ministerio Público de la Acusación reconocen que el sobreseimiento se ajusta a la normativa vigente en marzo de este año. Aun así, sostienen que es el fuero penal el que debe controlar las diligencias que todavía restan realizar y las medidas que viene cumpliendo el autor de ilícitos de la gravedad de los ocurridos en este caso.

En esa línea, el Código Procesal Penal Juvenil de la provincia regula un procedimiento específico para menores de edad no punibles. Para el MPA, ese procedimiento debería haber sido tenido en cuenta por el juez de primera instancia antes de remitir el legajo al fuero de Familia.

La resolución de Boaglio no está firme. Con la apelación ya presentada, la causa queda a la espera de que la Segunda Instancia convoque a la audiencia correspondiente.

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