El giro judicial que nadie esperaba: liberan a 'Piki' Orellana, condenado por un crimen de 2003
La justicia liberó a 'Piki' Orellana, condenado por el crimen de Adrián Mansilla. ¿Qué condiciones le impusieron y por qué la fiscalía ya anunció que apelará?
La justicia tucumana dio un paso que remueve los cimientos del caso Mansilla: Miguel 'Piki' Orellana, condenado a perpetua por un homicidio cometido en 2003, saldrá en libertad condicional. La decisión, tomada por la jueza Julieta Casas, revoca un fallo anterior y enciende la polémica.
Orellana, de 53 años y hermano de reconocidos referentes políticos de Famaillá, deberá cumplir una serie de condiciones estrictas, entre ellas el uso de una tobillera electrónica y la prohibición de acercarse a la familia de la víctima. Pero el Ministerio Público Fiscal ya anunció que peleará para que la medida quede sin efecto.
¿Qué pasó con Adrián Mansilla?
El 17 de agosto de 2003, Adrián Mansilla, de 26 años, fue secuestrado por una patota en las cercanías de la ex terminal de ómnibus. Su cuerpo apareció el 15 de octubre de ese año, enterrado a un metro de profundidad y cubierto de cal en Colonia 7 de Sauce Huascho, Famaillá. La policía dio con el paradero gracias al testimonio de un arrepentido que no solo señaló el lugar del entierro sino que también identificó a los responsables.
En agosto de 2008, los jueces Pedro Roldán Vázquez, Carlos Norry y Julio Espíndola Aráoz dictaron prisión perpetua para Orellana y sus acompañantes. La investigación sostuvo que Mansilla fue asesinado luego de que 'Piki' lo acusara de robarle $15.000 de un negocio en El Bajo y de sustraerle droga, aunque esta última versión nunca se confirmó.
El pedido de libertad
Desde junio de 2022, Orellana gozaba de salidas transitorias que fueron aumentando progresivamente hasta cuatro salidas mensuales de seis horas. Sus defensores, Víctor Padilla y Leopoldo Campos, presentaron el 3 de junio un pedido formal de libertad condicional, argumentando que ya había cumplido más de 22 años de los 25 exigidos por la ley vigente en el momento de la condena.
Los abogados destacaron la conducta 'ejemplar 10' de su cliente, la ausencia de sanciones disciplinarias y los informes favorables del Consejo Correccional, el Organismo Técnico Criminológico (OTC), la Dirección del Servicio Penitenciario y el equipo interdisciplinario de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA). Además, los estímulos educativos acumulados le redujeron 19 meses de pena, por lo que estaba habilitado para el beneficio desde el 18 de junio de 2025.
Pero el Ministerio Público Fiscal, con el auxiliar Gonzalo García a la cabeza, se opuso. La jueza Ana Cecilia Escobar rechazó el pedido al considerar que Orellana no había completado el máximo de salidas transitorias (12 horas) ni accedido a salidas laborales. La defensa apeló y la causa llegó a la audiencia de impugnación presidida por la jueza Julieta Casas.
La postura de la fiscalía y la defensa
García defendió el fallo de Escobar citando informes de psicólogos y trabajadores sociales de la OGA que señalaban que Orellana minimizaba el hecho, mostraba rasgos narcisistas y justificaba su conducta. Padilla, en cambio, cuestionó esas conclusiones y señaló una contradicción: 'De ninguno de estos informes surge que era necesario el tratamiento psicológico para poder acceder a la libertad condicional. Plantean que, si accede a la libertad condicional, se recomienda que continúe con el tratamiento; pero ninguno establece que debe hacerlo en contexto de encierro o que no pueda realizarse de manera ambulatoria'.
Además, el defensor sostuvo que exigir el reconocimiento del hecho violaba la garantía constitucional contra la autoincriminación.
La familia de la víctima, desesperada
Antes de que se conociera el fallo, los padres de Mansilla, Marta Florencia Páez y Ángel Mansilla, pidieron que Orellana siguiera preso. 'Todo lo que dice Orellana es mentira. Dice que es un buen pibe, pero yo lo conozco desde chico y finge serlo. Se llenó la boca cuando me decía que Adrián era el mejor amigo que había tenido y mire cómo le pagó', expresó el padre. Marta, por su parte, advirtió: 'Es una persona que no tiene condiciones para estar en la sociedad porque es muy violento. Yo tengo miedo por mis nietos y por mi hija porque quedan desamparados'.
La nueva sentencia
Tras un cuarto intermedio, la jueza Casas resolvió revocar el fallo de primera instancia y otorgar la libertad condicional a Orellana. Argumentó que exigir el cumplimiento total de las salidas transitorias y laborales como requisito previo vulnera el principio de legalidad. 'La jueza Escobar terminó transformando esas herramientas preparatorias para el acceso al medio libre en obstáculos para avanzar hacia la siguiente etapa del régimen de progresividad', sostuvo.
Casas también consideró que la falta de reconocimiento del hecho no puede ser un impedimento legal y que ningún informe técnico exigía tratamiento psicológico en contexto de encierro. Las condiciones impuestas incluyen tobillera electrónica, fijar domicilio, no portar armas, abstenerse de alcohol y drogas, acreditar trabajo en 30 días, continuar terapia y no acercarse a menos de 300 metros de los familiares de la víctima.
El representante del Ministerio Público Fiscal anunció que impugnará la resolución, por lo que el caso podría seguir dando que hablar.