El Gobierno busca más familias de acogimiento: qué requisitos se necesitan
¿Sabías que podés brindar un hogar temporal a un niño? El Gobierno de Tierra del Fuego busca familias de acogimiento. Conocé los requisitos y cómo participar.
El Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia lanzó una nueva convocatoria para sumar familias al Programa de Acogimiento Familiar en Tierra del Fuego. La propuesta busca brindar un hogar transitorio a menores cuyos derechos fueron vulnerados, con acompañamiento y apoyo económico del Estado.
¿Qué es el acogimiento familiar?
Se trata de una medida de protección excepcional, contemplada en la Ley Nacional 26.061 y regulada en la provincia por la Ley 1037. El objetivo es que los chicos crezcan en un ámbito familiar y evitar, siempre que sea posible, su internación en instituciones.
Desde la cartera provincial aclararon que el acogimiento no es una adopción, sino una respuesta temporal mientras el Estado trabaja en la restitución de derechos o en la búsqueda de una solución definitiva para cada caso.
¿Quiénes pueden postularse?
Pueden anotarse personas solas o grupos familiares, sin importar su conformación. Los requisitos son: tener más de 25 años, residir en Tierra del Fuego, no contar con antecedentes penales, no figurar en el Registro de Deudores Alimentarios y participar de las evaluaciones y capacitaciones del equipo técnico.
El programa está destinado a menores de hasta 18 años que, por decisión judicial o administrativa, deben ser separados de su familia de origen mientras se resuelve su situación. La ley garantiza que los chicos sean escuchados antes de tomar cualquier medida.
¿Qué apoyo reciben las familias?
Las familias de acogimiento reciben acompañamiento permanente de equipos interdisciplinarios y una transferencia mensual para cubrir los gastos de crianza. También tienen cobertura de obra social cuando corresponde y licencias laborales especiales en los casos previstos.
La normativa prioriza mantener los vínculos familiares: primero se evalúa si el menor puede quedarse con familiares o personas de su entorno cercano, y solo después se recurre a las familias registradas.
Diferencias con la adopción
El Ministerio recordó que el acogimiento y la adopción son procesos distintos. Mientras el primero es transitorio, la adopción es una institución jurídica permanente que se tramita por el Registro Único de Adoptantes y el Poder Judicial. Inscribirse como familia de acogimiento no da prioridad para adoptar.
Los interesados pueden completar el formulario en el sitio web del Gobierno provincial o acercarse a las Direcciones de Cuidados Familiares Alternativos de Ushuaia y Río Grande, o a la Delegación de Gobierno de Tolhuin, donde recibirán asesoramiento.