El Gobierno envió al Congreso el proyecto de Inocencia Fiscal: ¿qué cambios trae para los dólares del colchón?
El Gobierno envió al Congreso el proyecto de Inocencia Fiscal. ¿Qué cambios propone para los dólares del colchón? Conocé los detalles de la reforma que busca formalizar ahorros sin penalidad.
El Ejecutivo nacional presentó este jueves en el Congreso el proyecto de reforma de la Ley de Inocencia Fiscal, con el objetivo de atraer los dólares que están fuera del sistema bancario. La iniciativa busca dar garantías a los ahorristas para que formalicen sus tenencias sin temor a sanciones.
El ministro de Economía, Luis Caputo, había adelantado el miércoles en conferencia de prensa: “El objetivo es que esos ahorros puedan ser formalizados en el sistema bancario sin penalidad de ningún tipo”. Y agregó: “Queremos que haya más inversión, y la contracara de la inversión es el ahorro, que hoy están debajo del colchón”.
¿Cuáles son los dos ejes centrales del proyecto?
La iniciativa, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli, la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello y el propio Caputo, propone modificaciones en dos áreas clave: la modalidad simplificada de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias y el régimen de prescripción tributaria.
Según los fundamentos, se busca “equilibrar las garantías de los contribuyentes con las facultades de fiscalización del Estado” y actualizar el esquema de infracciones en el trabajo agrario, “garantizando su eficacia disuasoria sin perder de vista la razonabilidad y la proporcionalidad”.
¿Qué cambia para los contribuyentes?
Uno de los cambios más relevantes es la eliminación de los límites de ingresos y patrimonio que restringían el acceso al régimen simplificado. Hasta ahora, solo podían acceder quienes tenían ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio menor a $10.000 millones. Con la reforma, todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país podrán optar por esta modalidad.
Además, se redefine el concepto de “discrepancia significativa” que permite a ARCA romper la presunción de exactitud del contribuyente. Ahora se considerará discrepancia cuando la impugnación implique un aumento de impuesto o reducción de quebrantos no inferior al 15% de lo declarado; la diferencia supere el monto del artículo 1° del Régimen Penal Tributario (Ley 27.430); o se detecte uso de facturas apócrifas o cómputo indebido de ingresos directos.
También se incorpora un piso mínimo del 5% del monto del Régimen Penal Tributario ($5 millones), por debajo del cual no se configura discrepancia significativa aunque se supere el 15%. Esto busca evitar que ajustes menores activen impugnaciones “desproporcionadas” contra contribuyentes de buena fe.
¿Qué pasa si el contribuyente rectifica?
El proyecto permite que el contribuyente rectifique su declaración y pague el ajuste dentro de los 15 días de notificado, sin perder los beneficios del régimen. Además, se agrega un mecanismo de reintegro acelerado: si una impugnación es revocada, ARCA deberá devolver lo pagado con intereses en un plazo máximo de 45 días hábiles.
Prevención de lavado de activos
Para evitar el lavado de dinero, los contribuyentes que adhieran al régimen simplificado deberán canalizar sus operaciones a través de medios autorizados por el Banco Central y/o la Comisión Nacional de Valores.
En los fundamentos, el Gobierno afirmó: “En conclusión, el proyecto de ley representa un avance sustancial en la consolidación de un sistema tributario más lógico y protector de los derechos de los medianos y pequeños contribuyentes, así como en la revalorización de las herramientas de fiscalización y sanción en el ámbito del trabajo rural, asegurando que las multas cumplan efectivamente su finalidad”.