El Gobierno lanzó la Ley de Inocencia Fiscal II: ¿qué pasa con el dinero no declarado?

El Gobierno confirmó que no investigará el origen del dinero que se blanquee. ¿Qué cambios trae el nuevo proyecto de inocencia fiscal? Los detalles.

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El Gobierno lanzó la Ley de Inocencia Fiscal II: ¿qué pasa con el dinero no declarado?
El Gobierno lanzó la Ley de Inocencia Fiscal II: ¿qué pasa con el dinero no declarado?

El vocero presidencial, Adrián Ravier, confirmó que no se investigará el origen de los fondos que se blanqueen. “No vamos a investigar para atrás”, aseguró, mientras el proyecto ya está en Diputados.

¿Qué dijo el Gobierno sobre el blanqueo?

En una entrevista con el programa de streaming Carajo, Ravier defendió el proyecto de inocencia fiscal II enviado por el Ejecutivo. Sostuvo que la economía argentina necesita metas estrictas y restricciones fuertes en la política monetaria, y afirmó que el país está deteriorado por las políticas del kirchnerismo.

“Tenemos los argentinos un dinero atesorado afuera del sistema, abajo del colchón, por distintas razones. Qué bueno sería que todo este sistema sea canalizado a los bancos. El espíritu es hacer un pacto con la sociedad de decir que esta gente que tiene dinero afuera no son delincuentes”, explicó.

Y agregó: “Te damos la oportunidad de traer el dinero al sistema formal, pero no vamos a estar investigando para atrás”.

Los cambios concretos del proyecto

Casi en simultáneo, el Gobierno envió al Congreso las modificaciones a la Ley de Inocencia Fiscal. El ministro de Economía, Luis Caputo, había anticipado el miércoles: “El objetivo es que esos ahorros puedan ser formalizados en el sistema bancario sin penalidad de ningún tipo”.

El proyecto, firmado por Javier Milei, Diego Santilli, Sandra Pettovello y Luis Caputo, introduce dos cambios centrales. Por un lado, elimina los límites de ingresos y patrimonio que restringían el acceso al régimen simplificado: antes era para ingresos de hasta $1.000 millones y patrimonio menor a $10.000 millones; ahora podrá acceder cualquier persona humana o sucesión indivisa residente en el país.

Por otro lado, redefine el concepto de “discrepancia significativa” que permite a ARCA romper la presunción de exactitud del contribuyente. Se considerará discrepancia cuando la impugnación implique un aumento de impuesto o reducción de quebrantos no inferior al 15% de lo declarado; la diferencia supere el monto fijado en el artículo 1° del Régimen Penal Tributario (Ley 27.430); o se detecte uso de facturas apócrifas o cómputo indebido de ingresos directos.

Además, se incorpora un piso mínimo del 5% del monto del Régimen Penal Tributario ($5 millones), por debajo del cual no se configura discrepancia significativa aunque se supere el 15%, para evitar ajustes menores que activen impugnaciones “desproporcionadas” contra contribuyentes de buena fe.

Por último, se permite que el contribuyente rectifique su declaración y pague el ajuste dentro de los 15 días de notificado, sin perder los beneficios del régimen.

¿Qué espera el Gobierno con esta medida?

Ravier aseguró que el paquete de medidas económicas generará una “baja de la tasa de interés y de la inflación, lo que mejorará el consumo claramente, estamos ante la transformación más importante del país”.

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