El Gobierno puso en marcha un nuevo régimen para Uber, Rappi y Cabify: el detalle que no se contó

¿Qué cambió realmente para Uber, Rappi y Cabify? La medida oficial que redefine su funcionamiento y el rol de los trabajadores.

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El Gobierno puso en marcha un nuevo régimen para Uber, Rappi y Cabify: el detalle que no se contó

El Gobierno nacional oficializó este lunes un nuevo esquema regulatorio para las plataformas digitales de movilidad y reparto que operan en la Argentina. La Secretaría de Transporte será la autoridad de aplicación del régimen destinado a los servicios privados prestados mediante aplicaciones tecnológicas.

A través del Decreto 407/2026, publicado en el Boletín Oficial, la medida alcanza a empresas como Uber, Cabify, DiDi, Rappi y PedidosYa, además de otras compañías locales que funcionan bajo modelos similares en distintas provincias del país.

¿Qué establece el Decreto 407/2026 sobre las plataformas digitales?

El decreto define que el área de Transporte será responsable de administrar el régimen aplicable a los servicios privados de movilidad y reparto organizados mediante plataformas tecnológicas.

La normativa forma parte de la reglamentación derivada de la reforma laboral aprobada por el Congreso de la Nación, que incorporó un marco jurídico específico para quienes trabajan a través de aplicaciones digitales.

Dentro de ese esquema, los conductores y repartidores fueron excluidos expresamente del ámbito de aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo. De esta manera, el nuevo régimen los encuadra como prestadores independientes sujetos a una regulación diferenciada de la relación laboral tradicional.

Según se desprende de los fundamentos del decreto, el Gobierno considera que la actividad desarrollada por estas plataformas se encuentra principalmente asociada a la movilidad urbana y a la logística de distribución de bienes y pasajeros.

El argumento oficial: movilidad y logística urbana

En los considerandos de la medida, el Ejecutivo sostuvo que la naturaleza principal de los servicios prestados mediante aplicaciones tecnológicas está vinculada a cuestiones de transporte y circulación urbana, por encima de las características propias de un vínculo laboral clásico.

Bajo ese criterio, el Gobierno entendió que la Secretaría de Transporte posee las competencias técnicas necesarias para supervisar el funcionamiento de estas actividades, especialmente en aspectos relacionados con flujo vehicular, movilidad de pasajeros y logística de entregas.

La decisión también ratifica la postura que el oficialismo viene sosteniendo desde el debate de la reforma laboral: considerar a choferes y repartidores de plataformas como trabajadores independientes y no como empleados bajo relación de dependencia.

En consecuencia, el nuevo esquema separa el régimen aplicable a las plataformas digitales de la legislación laboral tradicional y crea un marco regulatorio específico para este segmento de la economía.

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