El IPROSS ya no será obligatorio: el cambio que los estatales de Río Negro esperaban
Un 7% que no se mueve, un 4% que sí: así funciona el nuevo esquema que la Legislatura de Río Negro aprobó para los estatales. La letra chica que nadie te contó sobre el cambio en el IPROSS.
La Legislatura de Río Negro aprobó por mayoría la reforma de la Ley Orgánica del IPROSS, un giro histórico para los empleados públicos de la provincia: desde ahora, los trabajadores activos y pasivos podrán elegir otra cobertura de salud para ellos y su grupo familiar primario. La iniciativa, impulsada por el gobernador Alberto Weretilneck, reemplaza la afiliación obligatoria por un sistema de libre elección, aunque con condiciones para quienes decidan dejar la obra social provincial.
El mecanismo es claro: quienes opten por otra cobertura podrán derivar el 100% de su aporte personal, que equivale al 4% para los activos y al 5,5% para los pasivos. Si el valor del plan elegido supera ese monto, la diferencia corre por cuenta del afiliado.
El 7% patronal, la clave de la discusión
El punto que generó más cruces es el destino del aporte patronal. Ese 7% continuará ingresando íntegramente al IPROSS, incluso si el trabajador decide migrar a otra cobertura. Según el oficialismo, esos recursos se usarán para sostener prestaciones de mayor complejidad: tratamientos oncológicos, discapacidad, prótesis, farmacia ambulatoria y enfermedades crónicas.
La legisladora de Juntos Somos Río Negro, Andrea Escudero, defendió el proyecto durante el debate: “El proyecto no obliga a nadie a irse del IPROSS”. En la misma línea, el presidente del bloque oficialista, Facundo López, rechazó las advertencias sobre un posible desfinanciamiento: “No vamos a desfinanciar el IPROSS”.
Quiénes quedan afuera de la libre elección
La posibilidad de cambiar de cobertura alcanza a agentes públicos activos y pasivos, pero no podrán ejercerla quienes ocupen cargos electivos o de designación política, autoridades superiores de los poderes del Estado, organismos de control y empresas estatales.
En el caso de jubilados y pensionados cuyos haberes liquide un organismo previsional nacional, la derivación de aportes dependerá de la firma de un convenio con esa entidad. La norma también contempla que, si la cobertura elegida deja de prestar el servicio por una causa ajena al afiliado, la persona pueda reincorporarse automáticamente al IPROSS sin períodos de carencia, y que los tratamientos en curso continúen sin interrupciones.
Las críticas de la oposición
La iniciativa no fue acompañada por los bloques Vamos con Todos y PJ-Nuevo Encuentro. El cuestionamiento central: el trabajador que migre solo podrá usar su aporte personal, mientras que el aporte patronal permanecerá en el Instituto. La legisladora Martina Lacour lo resumió con una frase filosa: “Liberamos a la persona pero retenemos el financiamiento”.
Su par Ayelén Sposito puso el foco en otra arista: cuestionó que exista una elección efectiva para todos si el aporte personal no alcanza para contratar una cobertura privada. También surgieron advertencias sobre el impacto de una eventual salida de afiliados jóvenes, con mejores salarios y menor uso de prestaciones, mientras permanezcan dentro del sistema quienes requieren tratamientos más costosos.
Con la reforma aprobada, los estatales alcanzados por la norma ya pueden decidir si siguen en el IPROSS o destinan su aporte personal a otra cobertura.