El jardín de infantes, la música y una condena que no se mueve: rechazaron la apelación de Santander

Una nena de entre dos y cuatro años, un jardín de infantes y un profesor de música y educación física. La Justicia pampeana acaba de tomar una decisión que deja la condena sin grietas. ¿Qué argumentó la defensa para intentar revertirla?

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El jardín de infantes, la música y una condena que no se mueve: rechazaron la apelación de Santander
El jardín de infantes, la música y una condena que no se mueve: rechazaron la apelación de Santander

La Sala B del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa declaró inadmisible la acción de revisión que había presentado la defensa de Paul Claudio Santander, el hombre condenado a 10 años de prisión por abusos sexuales contra una nena en un jardín de infantes de Santa Rosa. La medida, adoptada el 13 de octubre, deja firme la sentencia y mantiene sin cambios la situación procesal del condenado.

El tribunal pampeano consideró que el informe psicológico ofrecido por la defensa no reúne los requisitos para ser considerado "prueba nueva" y que admitirlo afectaría la seguridad jurídica y el principio de cosa juzgada.

Qué argumentó la defensa

El abogado defensor, Mauricio Latini, había impulsado la revisión con una "metapericia psicológica" elaborada por la perito de parte Carolina Moneo Rosas. Según el planteo, ese análisis cuestionaba la metodología de los informes de la psicóloga tratante y de las entrevistas en Cámara Gesell realizadas a la víctima durante la investigación.

La defensa sostuvo que en la Cámara Gesell hubo un "interrogatorio direccionado" con preguntas cerradas y sugestivas, y puso en duda el marco teórico usado para evaluar las secuelas en la menor. Con esa estrategia buscaba modificar la valoración de la prueba y, en consecuencia, la condena.

La respuesta del STJ

Los magistrados fueron categóricos: la revisión es una vía extraordinaria que exige hechos o pruebas verdaderamente novedosas, capaces de demostrar que el delito no existió o que el condenado no lo cometió. En ese marco, concluyeron que la metapericia se apoyó en informes y testimonios que ya formaban parte del expediente y que habían sido analizados en el juicio oral.

"La revisión no consiste en la revaloración de la prueba cuyo mérito condujo a la condena", citó el tribunal. Y advirtió que habilitar esa instancia para aplicar nuevas técnicas sobre pruebas ya juzgadas implicaría "vulnerar de modo inaceptable la seguridad jurídica y el principio de inmutabilidad de la cosa juzgada". Para los jueces, el planteo defensivo solo reflejaba una disconformidad con la sentencia.

Los hechos y la condena

Los abusos ocurrieron entre 2017 y 2019 dentro de un jardín de infantes. Santander se valió de su rol como representante legal a cargo de las tareas administrativas y de su trabajo cotidiano como profesor de música y educación física para abusar de manera sistemática de una niña que entonces tenía entre dos y cuatro años.

La pena de 10 años de prisión efectiva fue dictada en abril de 2022 por la Audiencia de Juicio, integrada por Gastón Boulenaz, Andrés Olié y Alejandra Ongaro. En marzo de 2023, el Tribunal de Impugnación Penal la ratificó. Con el rechazo del STJ, la condena queda firme y Santander seguirá cumpliendo la pena.

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