El juez archivó la causa por el hackeo al legajo de Weretilneck y dejó afuera a la Fiscalía
El gobernador denunció el hackeo a su legajo y la causa se cayó por una cuestión de forma. El juez dice que el hecho es privado y que la Fiscalía no puede actuar. ¿Se queda sin investigación?
La investigación por el presunto hackeo al legajo del gobernador Alberto Weretilneck quedó archivada este lunes por una cuestión procesal: el juez Adrián Dvorzack consideró que el hecho es de acción privada. Esa interpretación implica que el Ministerio Público Fiscal no puede impulsar la causa y que la iniciativa recae en el propio afectado, en este caso el mandatario provincial.
La decisión llegó después de que el defensor Santiago Guenomil, quien representa al único acusado por la violación al sistema informático de la administración pública, planteara ese conflicto en la audiencia de la semana pasada. En ese momento, Dvorzack había resuelto pasar a un cuarto intermedio para analizar el pedido.
El acceso al sistema informático de la Provincia fue denunciado a fines de junio por el gobernador y la Fiscalía de Estado. Ahora, el magistrado entendió que los delitos que se investigan están comprendidos en los artículos 153 bis y 157 bis del Código Penal, que castigan el acceso no autorizado a sistemas informáticos y la violación de registros de datos personales, respectivamente.
Según Dvorzack, esas figuras forman parte de las vinculadas con la violación de secretos y la privacidad, por lo que requieren una acción privada del perjudicado. Así, ordenó archivar el proceso, aunque aclaró que puede reactivarse si el interesado decide accionar judicialmente.
Qué dijo el juez
El magistrado fue contundente al remarcar que su resolución no implica que haya descartado la existencia de un delito ni que haya determinado que no hubo un acceso ilegítimo al legajo del gobernador. “Voy a ordenar el archivo de estas acusaciones, no la desestimación, que quede claro, yo no estoy entrando en el fondo”, sostuvo.
En su argumentación, Dvorzack explicó que los artículos 153 bis y 157 bis no fueron incorporados expresamente dentro de las excepciones que permiten al Ministerio Público actuar de oficio. “Esos dos artículos no están dentro de esas excepciones”, afirmó, en referencia a la reforma penal que incorporó los delitos informáticos (ley 26.388), que no los incluyó en el régimen de acción privada.
La postura de la Fiscalía
La fiscal Yanina Estela ya adelantó su intención de revocar la decisión y cuestionó la interpretación del juez. “Tenemos que se encuentran incluidos en la regla general, que es justamente que los delitos son de acción pública, como lo establece el Código Penal”, sostuvo.
Con ese argumento, la acusación presentó una revocatoria contra la resolución y dejó planteada la reserva para continuar la discusión ante la instancia correspondiente. El propio juez confirmó que la vía de revisión quedó abierta: “Ya la doctora hizo el acto de revocatoria, ya quedó abierta la vía de revisión”.
La Fiscalía deberá formalizar la revisión en un plazo máximo de tres días y la resolución corresponderá a otro magistrado.