El juez extendió el plazo al Gobierno y rechazó el pedido de nulidad en la causa de los comedores

El juez Malvasio amplió el plazo para que el Gobierno presente la documentación y rechazó el pedido de nulidad. ¿Qué pasará con la medida cautelar? Los detalles.

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El juez extendió el plazo al Gobierno y rechazó el pedido de nulidad en la causa de los comedores
El juez extendió el plazo al Gobierno y rechazó el pedido de nulidad en la causa de los comedores

La Justicia de Entre Ríos volvió a ser protagonista en la disputa por el nuevo sistema de distribución de alimentos en los comedores escolares. El juez Juan Francisco Malvasio rechazó el pedido de nulidad presentado por los accionantes y otorgó más tiempo al Gobierno provincial para presentar la documentación solicitada.

La causa se originó a partir de un amparo presentado por un grupo de padres de alumnos, la Asociación Gremial del Magisterio Entre Ríos (Agmer) y la ONG ambiental Fundación Cauce, con el objetivo de frenar la implementación del nuevo esquema de provisión de insumos a cargo de la empresa Teknofood SA.

¿Qué resolvió el juez?

El viernes 31 de julio, el magistrado había intimado al Poder Ejecutivo a presentar en un plazo de 48 horas inhábiles toda la documentación relacionada con la licitación y contratación de la firma privada. Sin embargo, la Fiscalía de Estado solicitó que ese plazo se computara en días hábiles, argumentando que la mayor parte del tiempo transcurría durante el fin de semana, cuando las reparticiones públicas no funcionan.

Ante esa petición, Malvasio decidió modificar el cómputo y otorgó 48 horas hábiles, con vencimiento el próximo martes a las 15. La medida fue cuestionada por los demandantes, quienes pidieron la nulidad de la decisión, pero el juez la rechazó.

Los argumentos del juez

En su resolución, Malvasio sostuvo que la modificación del plazo "no aparece irrazonable ni importa una dilación incompatible con la naturaleza del proceso", y que responde a la necesidad de incorporar documentación relevante para evaluar la verosimilitud del derecho invocado. Además, aclaró que la decisión no resuelve la cuestión de fondo ni rechaza la medida cautelar, sino que solo ajusta el modo de cómputo del plazo.

"La declaración de nulidad exige la existencia de un vicio esencial y la demostración de un perjuicio concreto que no pueda ser reparado por otra vía", explicó el magistrado, para luego concluir que no se configuraba esa situación.

De esta manera, el Gobierno provincial deberá presentar en las próximas 48 horas hábiles toda la documentación relacionada con la licitación y contratación de Teknofood SA, incluyendo pliegos, ofertas, dictámenes y actos de adjudicación.

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