El Manantial: la Corte Suprema deberá decidir si la calle que quieren para un barrio privado es un bien público

La Corte Suprema de Tucumán deberá decidir si la desafectación de una calle en El Manantial es constitucional. Los vecinos presentaron un amparo y piden una cautelar para frenar el barrio privado.

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El Manantial: la Corte Suprema deberá decidir si la calle que quieren para un barrio privado es un bien público
El Manantial: la Corte Suprema deberá decidir si la calle que quieren para un barrio privado es un bien público

La disputa por una calle en El Manantial llegó al máximo tribunal provincial. Un grupo de vecinos, con el respaldo del legislador Manuel Courel (Cambia Tucumán), presentó un amparo colectivo ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán para frenar la desafectación de una traza vial que beneficiaría a un desarrollo privado. El conflicto escaló y ahora la justicia debe definir si las leyes que habilitaron la medida son constitucionales.

La demanda fue impulsada por Marcela Heredia y Enrique González, con el patrocinio del abogado Gabriel Sabaté. Los accionantes cuestionan las leyes 9.992 y 9.994, que autorizaron la desafectación de una reserva vial que atraviesa dos propiedades de la firma Citrusvil S.A., donde se proyecta construir un barrio privado.

En el escrito, los vecinos solicitaron una medida cautelar urgente para suspender los efectos de las normas mientras se resuelve el fondo del litigio. Además, pidieron que se prohíba cualquier acto de transferencia, escrituración, subdivisión, cercado, ocupación, urbanización o modificación del terreno, ya que una eventual ejecución podría generar una transformación territorial irreversible y dejar sin efecto una futura sentencia.

¿Qué implica la desafectación de la calle?

El sector en cuestión tiene aproximadamente 650 metros de largo por 10 de ancho y se ubica en forma perpendicular a la avenida Vicente Lucci. La medida fue sancionada como parte de un esquema para facilitar la regularización dominial de familias de El Manantial y Ohuanta.

Sin embargo, los demandantes sostienen que este corredor es una reserva estratégica para la conectividad norte-sur de la zona, cuyo tránsito depende actualmente de la ruta provincial 338 (Solano Vera) y de la ruta provincial 301, ambas con creciente nivel de saturación.

En el escrito también advirtieron que en el entorno inmediato se proyectan urbanizaciones sobre unas 280 hectáreas, con una población potencial estimada en alrededor de 35.000 habitantes. Aunque señalaron que esos datos deberán precisarse durante el proceso, afirmaron que reflejan la importancia de preservar la traza vial frente al crecimiento urbano previsto.

El respaldo técnico y jurídico

La presentación incorpora opiniones de las arquitectas urbanistas Marta Casares y Paula Llomparte, quienes en distintas intervenciones públicas cuestionaron la sanción de la norma y recomendaron su veto. Según los accionantes, ambas especialistas coincidieron en que la eliminación de la calle podría consolidar nuevas barreras físicas y funcionales, agravando la fragmentación territorial y social de la zona.

Uno de los principales fundamentos del amparo es un dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio del Interior, elaborado antes del envío del proyecto a la Legislatura. Ese informe establecía que para desafectar un bien del dominio público era imprescindible acreditar que el inmueble había perdido su utilidad pública, justificar que ya no cumplía funciones de tránsito o conectividad y demostrar un beneficio para la comunidad o un interés público compensatorio.

Los demandantes sostienen que ninguno de esos requisitos fue debidamente acreditado durante el tratamiento legislativo. Si bien reconocen que el dictamen no era vinculante, afirman que constituye un antecedente relevante porque refleja los parámetros que el propio Estado consideraba indispensables antes de eliminar la condición de bien público del corredor.

¿Qué pasó con la calle?

Durante un relevamiento realizado meses atrás, vecinos del barrio Virgen del Valle reconocieron que actualmente el paso se encuentra interrumpido por un canal de desagüe que impide la circulación hacia la avenida Vicente Lucci. No obstante, aseguraron que durante décadas existió allí un camino que permitía acceder de manera directa a la Escuela N.º 12 "Provincia de Chaco", en San Pablo, una situación que también puede corroborarse mediante registros satelitales históricos disponibles en Google.

Ahora será la Corte Suprema de Justicia de Tucumán la que deberá analizar la validez constitucional de las leyes cuestionadas y resolver si corresponde suspender sus efectos mientras se desarrolla el proceso judicial.

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