El nuevo criterio de la Procuración de Salta que puede cambiar el futuro de las causas por crimen organizado

La Procuración General de Salta fijó un nuevo criterio para las causas por crimen organizado: alcanza a los fiscales de toda la provincia y cambia la forma de evaluar los riesgos procesales. Qué pesa ahora antes de pedir una detención.

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El nuevo criterio de la Procuración de Salta que puede cambiar el futuro de las causas por crimen organizado
El nuevo criterio de la Procuración de Salta que puede cambiar el futuro de las causas por crimen organizado

El procurador general de Salta, Pedro García Castiella, firmó la Resolución N.º 1770 con la que busca ordenar el trabajo de los fiscales penales de toda la provincia frente a los delitos cometidos por organizaciones criminales. La norma no apunta a un caso puntual: fija criterios de actuación para todas las investigaciones que involucren estructuras delictivas.

El texto parte de una premisa: pertenecer a una organización criminal no es un dato menor a la hora de medir los riesgos procesales. La Procuración sostiene que estas estructuras tienen características que las diferencian de los delitos cometidos de manera individual.

Por qué una banda no es lo mismo que un delincuente suelto

Según los fundamentos de la resolución, las organizaciones criminales suelen contar con recursos económicos, una distribución de funciones entre sus integrantes, vínculos entre ellos y redes de apoyo. Todo eso, advierte la Procuración, puede facilitar la evasión de la Justicia o interferir en el desarrollo de una investigación penal.

Por eso, la directiva indica que los fiscales deberán analizar con especial atención qué vínculo tiene la persona investigada con la organización, qué rol cumple dentro de ella y a qué recursos o mecanismos de apoyo puede acceder realmente. La idea es determinar cómo esas circunstancias inciden en el riesgo de fuga o de obstaculización del proceso.

El foco en las víctimas, los testigos y la prueba

Uno de los puntos centrales de la resolución es la protección de víctimas y testigos, y el resguardo de las pruebas. En causas por criminalidad organizada, los fiscales deberán prestar particular atención a la capacidad de estas estructuras para presionar, amenazar o intimidar a las personas vinculadas al expediente, influir en sus declaraciones o condicionar su colaboración con la Justicia.

La norma también pide evaluar si la organización puede usar sus recursos, contactos o capacidad operativa para ocultar, modificar o destruir elementos probatorios, coordinar versiones entre sus integrantes o dificultar la producción de nuevas pruebas.

Cuándo pedir la prisión preventiva

En materia de medidas cautelares, la Resolución N.º 1770 establece que cuando existan elementos concretos que acrediten riesgos procesales y las medidas menos restrictivas resulten insuficientes para neutralizarlos, los fiscales deberán solicitar fundadamente la prisión preventiva ante el juez competente.

La directiva aclara que esto no significa que toda persona vinculada a una organización criminal deba quedar detenida durante el proceso. Según los criterios fijados, la pertenencia a estas estructuras se valorará junto con las circunstancias particulares del caso, la participación individual del investigado y los riesgos que efectivamente se identifiquen.

Además, la Procuración dispone que la evaluación de los riesgos procesales se mantenga actualizada a lo largo de la investigación, sobre todo ante circunstancias que puedan modificar la capacidad de la organización para interferir en el proceso.

Revisar decisiones judiciales e impugnar

El texto también fija pautas para que los fiscales examinen las decisiones judiciales vinculadas a las medidas cautelares y promuevan las impugnaciones correspondientes cuando existan fundamentos jurídicos suficientes.

Con estas directivas, la Procuración General busca consolidar una política institucional de persecución penal que contemple las características propias de la criminalidad organizada. El objetivo declarado es evitar que estas estructuras aprovechen su capacidad económica, sus vínculos o sus mecanismos de coordinación para eludir la actuación de la Justicia, mejorar la eficacia de las investigaciones y asegurar que los procesos se desarrollen sin interferencias.

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