El pago único de $263.432 que la Anses tiene para casados y casi nadie reclama
¿Sabías que la Anses tiene un pago de más de $260.000 para casados? Te contamos quiénes pueden acceder, cómo tramitarlo y los plazos que no podés ignorar.
Mientras la mayoría se enfoca en las asignaciones habituales, la Anses mantiene vigente durante agosto un beneficio que muchos pasan por alto: la Asignación por Matrimonio. El monto actualizado alcanza los $263.432, una cifra que puede aliviar el bolsillo de las parejas que cumplan los requisitos.
¿Qué es y quiénes pueden pedirla?
Esta prestación forma parte de las Asignaciones de Pago Único (APU), junto con los pagos por nacimiento y adopción. Está destinada a quienes contrajeron matrimonio civil y pertenecen a alguno de los grupos que contempla la normativa: trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, beneficiarios de la Prestación por Desempleo, personas que cobran a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) y titulares de la Pensión Honorífica para Veteranos de Guerra.
A diferencia de otras ayudas, no se acredita automáticamente. El interesado debe presentar una solicitud ante Anses dentro del plazo establecido y acreditar que cumple las condiciones laborales, económicas y administrativas exigidas.
¿Cuánto se cobra y cómo se tramita?
Si ambos cónyuges reúnen los requisitos, cada uno puede recibir $131.716, lo que permite superar los $260.000 en total. El trámite puede hacerse por Atención Virtual o de manera presencial con turno, pero antes hay que asegurarse de que el matrimonio esté registrado en la base de datos del organismo y que los datos personales de ambos estén actualizados.
La Anses recomienda verificar esta información con anticipación para evitar demoras en la evaluación del expediente.
¿Qué topes de ingresos se aplican?
Para acceder al beneficio, el ingreso del grupo familiar no puede superar los $6.069.688, y ninguno de los integrantes puede ganar más de $3.034.844. Si se exceden esos límites, la asignación no corresponde. Además, los trabajadores en relación de dependencia deben contar con una antigüedad mínima de seis meses al momento del matrimonio.
Plazos que no se pueden ignorar
La solicitud puede presentarse desde que se cumplen dos meses del casamiento y hasta un máximo de dos años desde la fecha del matrimonio. Pasado ese tiempo, el beneficio caduca y no hay forma de reclamarlo. Por eso, conviene no dejar el trámite para último momento y revisar en Mi Anses o en una oficina que todos los datos estén correctos.
Quienes tengan dudas sobre la fecha del matrimonio registrada o el estado de sus datos personales pueden consultar antes de que venza el plazo. Corregir inconsistencias a tiempo puede ser la diferencia entre cobrar o perder este pago único.