El Procurador desmontó la suspensión del intendente de Allen y apuntó contra el Concejo

¿Se extralimitó el Concejo de Allen al suspender al intendente? El dictamen del Procurador que podría cambiar el rumbo político de la ciudad.

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El Procurador desmontó la suspensión del intendente de Allen y apuntó contra el Concejo
El Procurador desmontó la suspensión del intendente de Allen y apuntó contra el Concejo

El Procurador General de Río Negro, Jorge Crespo, dictaminó que el Concejo Deliberante de Allen se excedió en sus funciones al suspender al intendente Marcelo Román. En un documento oficial, recomendó al Superior Tribunal de Justicia (STJ) que falle a favor del jefe comunal en el conflicto de poderes que mantiene con el cuerpo legislativo.

El dictamen N° 114/26, firmado este martes, sostiene que la ordenanza que apartó a Román de su cargo se basó en una normativa que ya no está vigente. Se trata de la Ordenanza N° 044/2026, aprobada el 8 de julio, que invocó el artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal para justificar la suspensión preventiva del intendente.

¿Qué dice el artículo 109?

Ese artículo, redactado bajo el antiguo Código Procesal Penal (Ley N° 2107), permitía suspender a un funcionario si existía un procesamiento penal en su contra. Sin embargo, ese sistema fue reemplazado en la provincia por el acusatorio (Ley N° 5020), donde la figura del procesamiento ya no existe.

En su análisis, Crespo marcó diferencias sustanciales entre ambos regímenes. Mientras que el procesamiento implicaba una decisión judicial anticipada, la formulación de cargos actual es apenas un acto de comunicación del Ministerio Público Fiscal. Por eso, concluyó que el artículo 109 exige un presupuesto fáctico que no se da en este caso.

La defensa del Concejo

El órgano legislativo argumentó que la suspensión era necesaria para preservar pruebas. Pero el Procurador replicó que esa tarea corresponde al Ministerio Público Fiscal, que no había solicitado ninguna medida cautelar al respecto.

Además, Crespo señaló que el Concejo ejerció una potestad sancionatoria sin garantizar el derecho a defensa de Román, y recordó que la suspensión de un funcionario electo afecta directamente la representación popular.

“Utilizar la formulación de cargos para alterar el efectivo ejercicio del mandato implica un uso expansivo e ilegítimo del derecho penal para producir efectos políticos”, sentenció.

Por último, el Procurador pidió al STJ que declare la nulidad absoluta de la ordenanza y, de manera subsidiaria, su inconstitucionalidad. La decisión final quedará en manos del máximo tribunal provincial.

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