El proyecto que divide a los diputados de Santa Cruz: ¿Piedra Buena o Río Gallegos?
La Cámara Federal de Piedra Buena vuelve a dividir a los diputados de Santa Cruz. ¿Derogar la ley o mudarla a Río Gallegos? Los detalles que nadie contó.
La puja por la Cámara Federal de Apelaciones de la Patagonia austral volvió a instalar una grieta entre los legisladores nacionales de Santa Cruz. Mientras el diputado José Luis Garrido impulsa derogar la ley que la creó en 2015, Unión por la Patria propone mudarla a Río Gallegos o Ushuaia. El dictamen que se debatió este miércoles en la Cámara Baja expone un conflicto que lleva más de una década sin resolverse.
El proyecto de Garrido, identificado como expediente 2331-D-2026, fue presentado el 20 de mayo y girado a las comisiones de Justicia y Presupuesto y Hacienda. Su objetivo es eliminar la Ley 27.154, que creó el tribunal con asiento en Comandante Luis Piedra Buena para atender las causas de Santa Cruz y Tierra del Fuego.
La norma, sancionada el 10 de junio de 2015 y publicada en el Boletín Oficial el 18 de junio de ese año, estableció una Cámara Federal integrada por tres vocales con jurisdicción sobre ambas provincias, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Funcionaría como tribunal de alzada de los juzgados federales de la región.
Los argumentos a favor de mantenerla
En el plenario de comisiones, la diputada nacional Ana María Ianni cuestionó los fundamentos de la derogación y defendió la instancia de apelación propia para la región. Uno de los ejes del debate es el costo: Garrido argumenta que poner en funcionamiento una nueva estructura judicial es inviable en un contexto de restricciones presupuestarias.
Ianni, en cambio, sostiene que los recursos destinados a la Justicia Federal provienen del ámbito nacional, principalmente del Consejo de la Magistratura, y no del presupuesto provincial. Así, descarta que se trate de elegir entre financiar un hospital, una escuela o una Cámara Federal, porque serían partidas de distinta jurisdicción.
Además, la diputada señaló que el avance de la digitalización judicial, el expediente electrónico y las audiencias virtuales reducen la necesidad de traslados físicos de magistrados, abogados y partes, lo que debilita el argumento de la eficiencia.
Otro punto clave es que la cantidad de habitantes de Piedra Buena no debería ser el parámetro para determinar su localización. La institución no fue concebida exclusivamente para atender a esa localidad, sino como tribunal de alzada de una extensa jurisdicción patagónica. La ley establece que su competencia alcanza a Santa Cruz y Tierra del Fuego, y que su función es revisar las decisiones de los juzgados federales de ambas provincias.
Piedra Buena frente a Comodoro
La discusión tiene como antecedente central la estructura judicial previa a la Ley 27.154. Durante años, los juzgados federales de Santa Cruz y Tierra del Fuego tuvieron como tribunal de alzada a la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, en Chubut. La nueva ley modificó esa distribución: Comodoro Rivadavia conservó la competencia sobre Rawson, Comodoro Rivadavia y Esquel, mientras que Santa Cruz y Tierra del Fuego pasaron a depender de la nueva Cámara.
Quienes defienden la creación del tribunal sostienen que mantener la instancia en Comodoro Rivadavia implica conservar una estructura centralizada que obliga a recorrer grandes distancias para acceder a una segunda instancia. Ese fue uno de los argumentos de los postulantes designados como camaristas en las audiencias públicas de 2022.
Marcelo Bersanelli, uno de los vocales designados, remarcó que la creación del tribunal representaría la primera Cámara de Apelaciones de la región y que Santa Cruz y Tierra del Fuego debían trasladarse hasta Comodoro Rivadavia para acceder a esa instancia. Consideró que Piedra Buena tenía una ubicación estratégica, al encontrarse prácticamente equidistante de distintos puntos de la jurisdicción y permitir una mejor conexión entre las dos provincias.
El Consejo de la Magistratura, de hecho, había avanzado previamente con el Concurso 364 para cubrir los tres cargos de vocal de una Cámara que todavía no estaba habilitada.
Argumentos históricos en contra
La posición contraria a la Cámara también tiene antecedentes parlamentarios. En 2017, el entonces diputado Pablo Tonelli presentó un proyecto para derogar la Ley 27.154 y restablecer la competencia de Comodoro Rivadavia sobre Santa Cruz y Tierra del Fuego.
Entre los cuestionamientos aparecieron el bajo volumen poblacional de Piedra Buena, los costos de infraestructura, la conectividad y la necesidad de crear una estructura judicial completa en una localidad pequeña. También se planteó que la ubicación no resultaba conveniente para todos los habitantes de la jurisdicción: para sectores de la zona norte de Santa Cruz, el traslado hacia Piedra Buena podía representar una distancia considerable y no necesariamente una mejora respecto de Comodoro Rivadavia.
Río Gallegos o Ushuaia
El dictamen impulsado por Unión por la Patria introduce una diferencia respecto de los proyectos que directamente buscaban eliminar la Cámara: no plantea resignar la descentralización, sino discutir nuevamente su ubicación. Por eso aparecen como alternativas Río Gallegos y Ushuaia.
El planteo busca conservar la jurisdicción diferenciada para Santa Cruz y Tierra del Fuego, pero trasladar el asiento del tribunal a una ciudad con mayor infraestructura y conectividad. En el caso de Río Gallegos, el argumento central es su condición de capital provincial, la concentración de organismos públicos y judiciales y su infraestructura aeroportuaria. Ushuaia, en tanto, representa la capital de Tierra del Fuego y permitiría colocar la Cámara dentro de la jurisdicción que también debe atender.
La discusión vuelve así al punto original: no existe consenso sobre si la descentralización debe concretarse en Piedra Buena, en Río Gallegos, en Ushuaia o si debe mantenerse el esquema de Comodoro Rivadavia.
Una Cámara creada por ley
Uno de los aspectos que complejiza el debate es que la Cámara no es simplemente un proyecto futuro: fue creada por ley hace más de una década y sus tres vocales fueron designados por el Senado en 2022. El 16 de noviembre de ese año, la Cámara Alta aprobó los pliegos de Carlos Augusto Borges, Nelson Andrés Sánchez y Marcelo Hugo Bersanelli.
Los tres habían atravesado previamente el proceso de selección del Consejo de la Magistratura y las audiencias públicas correspondientes. Documentación oficial del Ministerio de Justicia los identifica como los tres vocales de la Cámara Federal de Apelaciones de Comandante Luis Piedra Buena y señala expresamente que el tribunal fue creado por la Ley 27.154.
Según la postura de Ianni, eliminar la ley después de haber completado el proceso de selección y designación de los magistrados podría generar un escenario de incertidumbre institucional y eventualmente abrir reclamos contra el Estado.
El debate sigue
El debate, en definitiva, no se reduce a determinar si una Cámara Federal debe funcionar en una localidad de alrededor de 10.000 habitantes. Lo que vuelve a discutirse es el modelo de administración de Justicia Federal para la Patagonia austral.
De un lado están quienes consideran que mantener una Cámara con asiento en Comodoro Rivadavia resulta más eficiente y evita duplicar estructuras judiciales, especialmente en un contexto de restricciones presupuestarias. Del otro, quienes defienden la descentralización advierten que la eficiencia no puede medirse únicamente en términos económicos y que el acceso a la Justicia también depende de la proximidad territorial, las distancias y la posibilidad de contar con una segunda instancia dentro de la propia región.
La Cámara ya tiene ley, ya tiene jurisdicción, ya tiene tres magistrados designados. Sin embargo, todavía no funciona plenamente como la instancia de apelación federal que el Congreso creó en 2015. El proyecto de Garrido propone cerrar definitivamente ese capítulo. El rechazo de Unión por la Patria busca, en cambio, mantener la idea de una Cámara para la región, aunque con Río Gallegos o Ushuaia como posibles nuevos destinos.
Así, el debate que comenzó hace más de una década vuelve al Congreso con una pregunta de fondo que todavía no encontró respuesta: ¿cómo debe organizarse la Justicia Federal en el extremo sur del país para garantizar, al mismo tiempo, eficiencia, federalismo y acceso efectivo a la segunda instancia?