El río Fitz Roy está en la mira: la Justicia le puso un freno al basural de El Chaltén
Envases volcados, suelo sin impermeabilizar y un río a metros: el peritaje que encendió las alarmas en El Chaltén. La Justicia Federal ya tomó cartas en el asunto y el municipio tiene 90 días para cumplir. ¿Qué encontraron exactamente en el predio?
El Juzgado Federal de Río Grande hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la Municipalidad de El Chaltén restringir el funcionamiento de su Centro de Acopio de Residuos Reciclables Inorgánicos (CARRI), por 90 días, para evitar que la presunta contaminación detectada en el suelo del predio avance hacia el río Fitz Roy y la reserva natural cercana.
La resolución la firmó la jueza Mariel Borruto, a pedido de la Unidad Fiscal Río Gallegos, en el marco de una investigación por la presunta infracción a la Ley 24.051 que lleva adelante el Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos, a cargo del fiscal federal interino Julio Zárate. El centro está ubicado sobre la costanera norte de la localidad santacruceña.
Qué prohíbe la cautelar
La medida, que se extiende por 90 días, limita el uso del predio exclusivamente al acopio, selección, compactación, acondicionamiento y transferencia de residuos inorgánicos recuperables, limpios y secos. Además, ordena el cese inmediato de toda disposición final, enterramiento, cobertura con tierra, quema, abandono, descarga, vuelco o dispersión de residuos dentro del CARRI.
También queda prohibido el ingreso de residuos orgánicos, peligrosos o especiales de generación universal para su disposición o permanencia sobre suelo natural. A pedido del Ministerio Público Fiscal, se suspendió el lavado de camiones, el mantenimiento mecánico, el cambio de aceites o combustibles y cualquier otra operación capaz de liberar hidrocarburos, grasas o efluentes sobre superficies no impermeabilizadas y sin sistemas de recolección y contención.
Las tareas urgentes que fijó la jueza
El juzgado hizo lugar al pedido fiscal para que, dentro de las 48 horas, se aíslen físicamente y se señalicen los sectores donde se hallaron recipientes con combustibles, aceites y sustancias grasas, las áreas con derrames, los puntos vinculados con las muestras y los sectores próximos a la vera del río Fitz Roy. Hasta su retiro definitivo, esos recipientes deberán permanecer bajo cubierta, sobre base impermeable y con contención suficiente.
En un plazo de diez días, en tanto, los aceites minerales o vegetales usados, combustibles, emulsiones y recipientes contaminados deberán ser inventariados, envasados, rotulados, retirados y entregados a transportistas y operadores habilitados, con la documentación y los manifiestos correspondientes. La diligencia deberá contar con registro fotográfico y documental, realizarse bajo control de la autoridad ambiental competente y con conocimiento previo del Ministerio Público Fiscal.
La magistrada también prohibió toda remoción, relleno, excavación, traslado o alteración del suelo y de los residuos existentes en las áreas investigadas, salvo las acciones urgentes de contención o retiro previstas expresamente en la medida. Toda intervención deberá ser documentada y coordinada con la Unidad Fiscal “a fin de compatibilizar la prevención ambiental con la preservación de la prueba”.
Qué encontraron en el allanamiento
El 26 de mayo pasado, durante un allanamiento solicitado por la Unidad Fiscal, personal de la Prefectura Naval Argentina inspeccionó y tomó muestras del suelo del predio del CARRI, donde se encontraron envases volcados que contenían aceite o una sustancia de componente graso.
El peritaje posterior detectó la presencia de HEM (Material Extraíble con Hexano, que identifica grasas y aceites) tanto en las muestras sólidas como líquidas, y la presencia positiva de SGT-HEM (Material Extraíble con n-Hexano Tratado con Gel de Sílice, para identificar hidrocarburos) en las muestras sólidas.
Por el lugar en que estaban los envases —suelo natural sin superficie impermeabilizada—, se indicó que el contenido podía filtrarse y luego decantar en el río, lo que podría generar contaminación del curso de agua. El fiscal Zárate advirtió que el acopio inadecuado de recipientes, la falta de impermeabilización y de sistemas de contención, y su exposición a la intemperie, se correspondían con los resultados obtenidos y con el impacto detectado en las muestras.
El 10 de septiembre pasado, tras el peritaje, la fiscalía pidió la cautelar para evitar que la contaminación se extienda sin afectar el funcionamiento del centro de residuos. El pedido se fundamentó en los artículos 219 y 223, sexto párrafo, del Código Procesal Penal Federal; el artículo 23 del Código Penal; el artículo 41 de la Constitución Nacional, y los principios preventivo y precautorio del artículo 4° de la Ley General del Ambiente N° 25.675.