El STJ de Río Negro puso fin a una etapa clave del caso Solano II: qué pasó con el policía condenado
El STJ de Río Negro dejó firme la condena por vejaciones contra un policía en el caso Solano II. ¿Qué argumentos fueron decisivos para cerrar esta etapa?
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro acaba de dictar un fallo que deja sin margen de apelación provincial a una de las causas más sensibles por violencia institucional en la región. La condena contra el policía Walter Raúl Echegaray por vejaciones quedó firme, mientras que los efectivos Cristian Gustavo Toledo y Ceferino Sebastián Muñoz fueron ratificados en sus absoluciones.
La resolución, firmada por los jueces Liliana Piccinini, María Cecilia Criado, Sergio Ceci, Sergio Barotto y Ricardo Apcarian, desestimó el recurso de queja presentado por la querella en el marco del segundo proceso por la desaparición del trabajador salteño Daniel Solano, ocurrida en 2011. El argumento central: la presentación no cumplió con los requisitos formales de la Acordada N° 9/23 y tampoco logró demostrar la arbitrariedad del fallo anterior.
¿Qué dijo el STJ sobre el recurso de la querella?
El máximo tribunal provincial señaló que el escrito del abogado Leandro Aparicio omitió datos esenciales como la fecha de notificación de la decisión impugnada, el domicilio actualizado de las partes y hasta excedió el límite de renglones por página. Pero más allá de los defectos técnicos, los magistrados fueron contundentes: «No basta con alegar la arbitrariedad y citar presuntas normas vulneradas, sino que hay que demostrarla».
Para el STJ, los agravios de la querella representaron apenas una «mera discrepancia subjetiva» con la valoración de la prueba realizada en el juicio de diciembre de 2025. El Tribunal de Impugnación (TI) ya había advertido que el planteo acusatorio se sostenía sobre afirmaciones «desprovistas de información corroborante».
La querella insistía en que el hecho era «indivisible» y que la conducta de los tres policías fue esencial para la desaparición forzada de Solano. Sin embargo, los jueces consideraron que no se pudo acreditar cómo el accionar de los absueltos influyó en el crimen posterior cometido por otros siete policías ya condenados a perpetua en 2018.
La condena de Echegaray: golpes en la salida del boliche
Con el fallo del STJ, queda firme la sentencia del Tribunal de Juicio de la Segunda Circunscripción que declaró a Echegaray autor responsable del delito de vejaciones. La pena: dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional, más cinco años de inhabilitación especial para ejercer funciones de seguridad o usar armas.
Durante el debate, quedó probado que el agente participó de una detención abusiva a la salida del local bailable «Macuba Megadisco». Testimonios clave recordaron que Solano fue sacado del lugar sufriendo golpes y empujones sin justificación. Una testigo contó que levantaron a la víctima “como una bolsa de papas” tras caer o ser empujado por las escaleras del boliche.
No obstante, Echegaray fue absuelto del cargo de homicidio agravado como partícipe necesario. Los jueces entendieron que no había elementos para probar que conociera el plan de desaparición que se ejecutaría minutos después de entregar a Solano al personal de calle.
¿Por qué se ratificaron las absoluciones de Toledo y Muñoz?
El fallo también confirma la libertad de culpa y cargo para Cristian Gustavo Toledo y Ceferino Sebastián Muñoz, quienes estaban acusados de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado. El tribunal original aplicó el beneficio de la duda al no encontrar pruebas materiales de que supieran la intención de ocultar el paradero de Solano.
Los jueces Alejandro Pellizzón, Maximiliano Camarda y Natalia González determinaron que no se pudo ubicar con certeza a los efectivos participando de las agresiones ni presenciando el momento exacto en que Solano fue subido al móvil policial. Para la Justicia, el hecho de que llamaran a la comisaría para solicitar el móvil se encuadró en el procedimiento habitual ante un disturbio menor, sin que se pudiera probar una «conexión dolosa» con el homicidio.
Un caso que marcó la historia de Río Negro
La resolución del STJ pone un cierre técnico a una de las derivaciones más complejas del caso Solano, que sigue siendo un emblema de violencia estatal en la región. Daniel Solano, trabajador temporario oriundo de Salta, desapareció el 5 de noviembre de 2011 en Choele Choel tras reclamar por las condiciones de explotación laboral en las gamelas.
Si bien la condena por vejaciones reconoce la violencia inicial ejercida por la fuerza, la querella insistió hasta el último recurso que «la escisión del hecho en procesos sucesivos y el análisis fragmentado impidieron una adecuada reconstrucción del acontecimiento». Con la vía provincial agotada —aún resta una posibilidad de recurso de queja ante la Corte—, la sentencia contra Echegaray implica ahora el cumplimiento estricto de reglas de conducta por tres años, incluyendo capacitaciones en derechos humanos.