El STJ de Río Negro se mete en la pelea entre Román y el Concejo: ¿la ordenanza de suspensión es válida?

El STJ de Río Negro declaró un conflicto de poderes en Allen y ahora decidirá si la ordenanza que suspendió al intendente Marcelo Román es válida. ¿Qué pasará con el Ejecutivo municipal?

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El STJ de Río Negro se mete en la pelea entre Román y el Concejo: ¿la ordenanza de suspensión es válida?
El STJ de Río Negro se mete en la pelea entre Román y el Concejo: ¿la ordenanza de suspensión es válida?

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro dictaminó que existe un conflicto de poderes en Allen y asumió la competencia para decidir si la suspensión del intendente Marcelo Román es legal. La pulseada entre el Ejecutivo y el Legislativo municipal ahora está en manos de la máxima autoridad judicial de la provincia.

Este jueves, el STJ resolvió que el caso encuadra como un conflicto entre poderes municipales, por lo que corresponde a su competencia originaria y exclusiva. La decisión no toca el fondo del asunto, pero habilita el camino para revisar la validez de la ordenanza 044/2026.

¿Qué dice la ordenanza que suspendió a Román?

Semanas atrás, el Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza 044/2026, que dispuso la "suspensión preventiva y precautoria" del intendente Marcelo Román "hasta tanto recaiga sentencia definitiva" en la causa judicial que enfrenta. Además, estableció que durante ese período no percibirá dieta ni remuneración.

La norma también designó al presidente del Concejo, Fabián Figueroa, como reemplazante temporario al frente del Poder Ejecutivo municipal, con todas las facultades de la Carta Orgánica. En tanto, el edil Guillermo Pennesi (JSRN) asumió la presidencia del cuerpo legislativo.

Los argumentos de Román ante el STJ

El intendente presentó un recurso ante el Superior Tribunal, sosteniendo que el Concejo Deliberante se excedió en sus atribuciones al suspenderlo y reemplazarlo. Además, denunció un hecho posterior: el Concejo se negó a recibir el veto de una ordenanza, lo que, según su planteo, le impidió ejercer una facultad prevista en la Carta Orgánica Municipal.

El STJ coincidió con el dictamen del procurador general, Jorge Crespo, y consideró que la controversia es un conflicto de poderes. Por eso, no se pronunció sobre la validez de la suspensión ni sobre las decisiones del Concejo, sino que solo se declaró competente para intervenir.

¿Qué viene ahora?

El tribunal le dio al Concejo Deliberante un plazo de cinco días para remitir todos los antecedentes del conflicto. También ordenó notificar la demanda y la presentación del intendente sobre el nuevo hecho. Con esa documentación, el STJ analizará los planteos y podría declarar inválida la ordenanza de suspensión, lo que significaría el regreso de Román a la intendencia.

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