El STJ y Hacienda firmaron un convenio: qué organismos quedaron afuera de la digitalización
El STJ y Hacienda firmaron un convenio para digitalizar la comunicación entre organismos. Pero hay dos entes que quedaron expresamente fuera del acuerdo: mirá cuáles son.
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes (STJ) y el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la provincia firmaron un Convenio de Colaboración Institucional para avanzar en la transformación digital del Estado correntino. El acuerdo apunta a agilizar la comunicación electrónica y garantizar la trazabilidad de las actuaciones entre ambos organismos.
La rúbrica estuvo encabezada por el presidente del STJ, el doctor Guillermo Horacio Semhan, y el ministro de Hacienda y Finanzas, el contador Héctor Ricardo Grachot. La firma se concretó en cumplimiento de lo resuelto por el Alto Tribunal mediante el Punto 11° del Acuerdo N° 8/25. También participaron el subsecretario de Hacienda, contador Guillermo Corrales, y el asesor legal del Ministerio de Hacienda, doctor Ángel Ojeda.
Qué plataforma se pone en marcha
El convenio tiene como eje la implementación, administración y funcionamiento de la plataforma Forum Institucional. A través de ese sistema, los organismos dependientes del Ministerio podrán enviar y recibir comunicaciones electrónicas trazables, utilizando firma digital o electrónica y una Clave Única de Identificación Fórum (CUIF) que se asignará a las dependencias habilitadas.
La iniciativa se enmarca en el proceso de modernización tecnológica del servicio de justicia. Según se informó, el intercambio digital no alterará las competencias legales propias de cada institución.
Para que la plataforma funcione sin inconvenientes, el STJ se comprometió a brindar asistencia técnica y capacitaciones al personal del Ministerio que operará el sistema. A su vez, Hacienda y sus dependencias deberán designar Referentes Forum, encargados de monitorear la bandeja electrónica, verificar los aspectos formales de los oficios, registrar las actuaciones y controlar el cumplimiento de la normativa sobre tasas tributarias y administrativas.
Alcance, control y protección de datos
El texto firmado contempla la aplicación rigurosa de las normativas de Tasas Judiciales (Ley N° 4.484), Tasas de Actuación Administrativa (Ley N° 6.249) y las disposiciones del Código Fiscal provincial.
Uno de los puntos que quedó asentado de manera explícita es la exclusión de los entes autárquicos, como el Instituto de Previsión Social (I.P.S.) y el Instituto de Lotería y Casinos. La misma condición alcanza a futuros organismos descentralizados o sociedades comerciales.
En materia de seguridad e información, ambos organismos asumieron el compromiso de guardar estricta confidencialidad sobre los datos que se tramiten. El resguardo se ajustará a los parámetros de la Ley Nacional N° 25.326 de Protección de Datos Personales, la normativa provincial concordante y las reglas del secreto bancario.