El taller de piedra que funcionó años en la estación de Bariloche tiene los días contados

El artista reconoció una deuda millonaria y pidió quedarse, pero la Justicia no le dio lugar. Ahora deberá devolver el predio que ocupó durante años dentro de la estación de Bariloche.

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El taller de piedra que funcionó años en la estación de Bariloche tiene los días contados
El taller de piedra que funcionó años en la estación de Bariloche tiene los días contados

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativa de Bariloche confirmó la sentencia que ordena restituir a Tren Patagónico S.A. un predio dentro de la estación ferroviaria local, donde durante años funcionó un taller de arte en piedra y después se levantó una vivienda.

El fallo ratifica la decisión de primera instancia y pone fin a un conflicto que se extendió por años entre la empresa estatal y el artista que ocupaba el lugar.

Un contrato vencido y una deuda millonaria

Todo empezó con comodatos y siguió con un contrato de alquiler. En 2016, Tren Patagónico y el artista firmaron una locación por tres años para usar parte de las instalaciones ferroviarias. Al vencer el plazo, el hombre siguió ocupando el espacio.

La empresa reclamó alquileres impagos e intimó varias veces a regularizar la situación. En febrero de 2025 le comunicó que debía saldar la deuda y devolver el inmueble. Un mes después, el artista manifestó ante el gobernador su intención de llegar a un acuerdo para seguir usando las instalaciones y reconoció una deuda superior a $12 millones.

Ante la falta de restitución, la Fiscalía de Estado, en representación de Tren Patagónico, inició la demanda de desalojo. El reclamo abarca un predio de unos 2.800 metros cuadrados, con un galpón de aproximadamente 450 metros cuadrados y una vivienda.

Los argumentos del artista y la decisión judicial

Durante el proceso, el artista se opuso al desalojo. Alegó que la ocupación había nacido de un proyecto de investigación y producción de obras en piedra, que durante años hizo tareas de mantenimiento y mejoras, y que construyó una vivienda, por lo que reclamaba el reconocimiento de sus inversiones.

El expediente sumó un informe sobre su situación económica y familiar, además de testimonios sobre su trayectoria artística. La sentencia de primera instancia consideró esas circunstancias, pero sostuvo que no cambiaban el eje del caso: si existía o no la obligación de devolver el inmueble.

El juez tuvo por acreditado el contrato de locación. Una pericia caligráfica confirmó que las firmas del documento eran del demandado. También dio por probado el vencimiento del contrato, la decisión de Tren Patagónico de terminar el vínculo y la existencia de alquileres impagos. Con eso, ordenó la restitución.

El artista apeló y cuestionó la valoración de las pruebas. Insistió con el origen de la ocupación, la actividad cultural desarrollada y las mejoras. También invocó el derecho a una vivienda digna y planteó un posible derecho de retención por las inversiones.

La Cámara confirmó el criterio de primera instancia. Los jueces explicaron que para frenar un desalojo debía acreditarse que no existía obligación de devolver el inmueble, y que en este caso esa obligación estaba demostrada por el vencimiento del contrato y la decisión del locador de poner fin al vínculo.

Sobre las mejoras, el tribunal señaló que un locatario puede reclamar por ciertas inversiones e incluso ejercer un derecho de retención cuando se cumplen los requisitos legales. Pero consideró que en este expediente no se acreditó un crédito líquido y exigible que permitiera conservar el inmueble. Aclaró que un eventual reclamo por las mejoras puede plantearse por la vía judicial correspondiente, pero que eso no impedía resolver el desalojo.

La Cámara también analizó el planteo sobre el derecho a una vivienda digna. Dijo que esa garantía constitucional no fue desconocida, aunque no puede usarse para impedir la restitución de un inmueble cuyo vínculo contractual había finalizado. Recordó, además, que la ejecución de un desalojo con una vivienda involucrada debe respetar las normas de Derechos Humanos y las garantías correspondientes.

Con la decisión de la Cámara, quedó firme la sentencia que ordena devolver a Tren Patagónico S.A. el predio dentro de la estación ferroviaria de Bariloche, donde están el galpón usado para la actividad artística y la vivienda.

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