El trámite para cruzar productos a Brasil o Paraguay suma un límite que ya no se discute

El tope de 150 dólares sigue igual, pero ahora ARCA lo aplica por día y por persona. La lista de productos que no se pueden cruzar a Brasil o Paraguay sumó tres nombres que nadie esperaba.

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El trámite para cruzar productos a Brasil o Paraguay suma un límite que ya no se discute
El trámite para cruzar productos a Brasil o Paraguay suma un límite que ya no se discute

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso nuevas condiciones al régimen de Tráfico Vecinal Fronterizo, el mecanismo que usan los habitantes de localidades limítrofes para cruzar mercaderías hacia países vecinos. La actualización oficializada este viernes en el Boletín Oficial no toca las compras que los argentinos traen desde Brasil o Paraguay: solo regula la salida de productos desde territorio nacional.

La medida llega con un dato que llama la atención: el tope de 150 dólares por persona sigue vigente, tal como se fijó hace más de dos décadas. Lo nuevo es que ahora ese límite se aplica por día y por poblador, sin importar la cantidad, la calidad o la variedad de los artículos que se transporten.

El cambio se formalizó a través de la Resolución General 5910/2026, que entra en vigencia este sábado 10 de octubre. Para Misiones, donde el intercambio cotidiano en los pasos internacionales con Brasil y Paraguay es parte de la vida diaria, la letra chica de la norma tiene peso propio.

Qué cambia y qué no

La resolución reemplaza dos apartados del anexo que regula el tráfico fronterizo de exportación, dentro del esquema que había quedado establecido por la Resolución 2604/1986 de la vieja Administración Nacional de Aduanas y sus actualizaciones posteriores.

El monto de 150 dólares no es una novedad: ya estaba en la Resolución General 1336/2002 de la entonces AFIP. La diferencia es que la redacción anterior no aclaraba de manera expresa que ese tope regía por día y por persona.

Para poder usar el régimen, los pobladores de países limítrofes deben acreditar identidad y residencia en una localidad fronteriza y presentar la factura comercial que respalde la compra. Además, las mercaderías tienen que ser de origen nacional y estar destinadas al consumo personal, familiar o doméstico.

Los productos que quedan afuera

El cambio más significativo aparece en la lista de lo que no se podrá sacar del país con este mecanismo. Desde este sábado queda prohibido el egreso de trigo, soja y maíz en todas sus formas. ARCA justificó la restricción en que se trata de materias primas y en la necesidad de evitar desvíos hacia circuitos comerciales.

También se suma una prohibición para mercaderías acondicionadas en envases iguales o superiores a 10 kilogramos, o su equivalente en volumen. Según la resolución, esos formatos no se corresponden con el consumo personal, familiar o doméstico.

El texto mantiene restricciones que ya existían, como la salida de combustibles en bidones, tanques suplementarios de vehículos o cualquier otro tipo de envase. Siguen prohibidos, además, las armas, municiones, explosivos, estupefacientes y psicotrópicos cuya libre comercialización no esté autorizada en el mercado interno, y cualquier mercadería cuya exportación esté prohibida o suspendida por otras normas.

El argumento oficial

En los fundamentos de la resolución, ARCA sostuvo que los cambios buscan dar herramientas más precisas a la fiscalización aduanera y evitar que un régimen pensado para el consumo vecinal termine usado con fines comerciales o industriales.

El organismo mencionó puntualmente la necesidad de reducir prácticas de fraccionamiento de mercaderías, la reiteración sistemática de operaciones y los desvíos hacia circuitos comerciales no autorizados.

El Código Aduanero ya establece que el tráfico vecinal fronterizo está destinado a atender las necesidades de quienes residen en zonas limítrofes y excluye su uso para actividades comerciales o industriales. Con esta reglamentación, ARCA agrega límites concretos sobre el valor diario por persona y sobre las características de los productos que pueden cruzarse.

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