El Tribunal Superior de Santa Cruz cambia las reglas para los recursos: una vocal se plantó y apuntó contra el procedimiento
¿Por qué una vocal del Tribunal Superior de Santa Cruz votó en contra de la nueva reglamentación para los recursos y qué cuestionó del procedimiento?
El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz aprobó una nueva reglamentación para la presentación de recursos ante el máximo órgano judicial de la provincia. La resolución, fechada el 10 de septiembre, busca agilizar el examen de admisibilidad formal de las presentaciones que llegan por la vía recursiva.
La medida establece requisitos formales y pautas de estilo para los recursos de casación, revisión, inconstitucionalidad y queja por casación denegada. Además, aprueba formularios específicos que deberán utilizarse para estas presentaciones.
Según los fundamentos de la mayoría del Tribunal, un relevamiento de los recursos interpuestos detectó una reiteración de escritos basados en modelos genéricos o estereotipados, con planteos de agravios generales o imprecisos y, en algunos casos, sin relación concreta con las particularidades de cada expediente. También se señaló el uso de una cantidad considerada innecesaria de citas doctrinarias y jurisprudenciales, junto con transcripciones extensas sin delimitación precisa. Para el TSJ, estas características dificultan la identificación del objeto de los recursos y generan un dispendio jurisdiccional indebido.
Los vocales que acompañaron la resolución sostuvieron que resulta necesario establecer reglas claras para la interposición de los recursos, con especial énfasis en su extensión y en determinadas pautas de estilo. El objetivo declarado es agilizar el análisis de las presentaciones y dotar de mayor celeridad al trámite, para brindar una respuesta oportuna a las controversias que llegan al Tribunal por la vía recursiva.
La resolución señala, además, que la adopción de reglas similares constituye una práctica implementada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y por distintos tribunales superiores y cortes provinciales.
Período de adaptación
La nueva reglamentación no será de aplicación obligatoria de manera inmediata. El TSJ estableció un período de adaptación que se extenderá hasta el 31 de enero de 2027 inclusive. Durante ese lapso, las pautas previstas en el reglamento y los formularios aprobados tendrán carácter orientativo.
A partir del 1 de febrero de 2027, en cambio, las exigencias establecidas en los anexos de la resolución pasarán a ser de cumplimiento estricto y obligatorio.
La medida deberá ser difundida por la Secretaría de Superintendencia y Jurisprudencia a través del sitio web oficial del Poder Judicial y sus redes sociales. También se notificará a las Cámaras de Apelaciones, Cámaras en lo Criminal, Juzgados de Recursos de ambas circunscripciones judiciales y al Colegio Público de la Abogacía de Santa Cruz.
La disidencia
La resolución no contó con unanimidad. La vocal Renée Guadalupe Fernández votó en disidencia y cuestionó el procedimiento utilizado para aprobar la nueva reglamentación.
Fernández sostuvo que un régimen que establece requisitos formales y pautas restrictivas para la presentación de recursos requiere, previamente, de un debate técnico e institucional que, según planteó, no se produjo.
En particular, cuestionó que no se haya solicitado la opinión de las Secretarías Civil, Comercial, Laboral, de Minería y de Familia, ni de la Secretaría Penal del Tribunal Superior de Justicia. Consideró que esas áreas cuentan con experiencia directa en la recepción y tramitación de los expedientes que llegan por vía recursiva y que su participación permitiría evaluar el impacto de la medida.
La vocal también objetó la falta de consulta al Colegio Público de la Abogacía de la Provincia de Santa Cruz, al considerar que las nuevas exigencias pueden incidir directamente en el ejercicio profesional y en el derecho de defensa de los justiciables.
En ese sentido, sostuvo que la imposición de límites formales, topes de extensión y formularios preestablecidos no debería avanzar sin la participación del organismo que representa a los profesionales del derecho. Para Fernández, la reglamentación requería informes y consensos previos antes de su aprobación.
La resolución fue finalmente aprobada por mayoría, con los votos de Daniel Mauricio Mariani, Paula E. Ludueña Campos, Fernando Miguel Basanta, José Antonio González Nora, Sergio Edgardo Acevedo, Juan Lucio Ramón de la Vega y el presidente del TSJ, Gabriel N. Contreras Agüero. Como ya mencionamos, la vocal Renée Guadalupe Fernández votó en disidencia, mientras que Alicia de los Ángeles Mercau se encontraba en comisión de servicios.