Empleado del IPV se quedó sin su reclamo: el Gobierno le dijo que no
Un empleado del IPV reclamó diferencias salariales por el adicional "Falla de Caja" y el Gobierno de Mendoza le respondió con un no rotundo. ¿Qué argumentos usaron para cerrarle la puerta?
Un trabajador del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) intentó cobrar diferencias salariales por el adicional "Falla de Caja", pero el Gobierno de Mendoza le cerró la puerta. El reclamo fue rechazado de plano.
A través del Decreto 1421, firmado el 21 de julio de 2026 y publicado este viernes, el Poder Ejecutivo aceptó el recurso de alzada del empleado en lo formal, pero lo desestimó en el fondo. Es decir, le dieron el trámite pero le negaron el derecho.
¿Qué pedía el agente del IPV?
El empleado cuestionó la Resolución 716/2017 del Directorio del IPV y pidió que se dejara sin efecto. Además, reclamó el pago retroactivo de las sumas que, según él, dejó de percibir desde que se aplicó el adicional.
Argumentó que esa resolución le redujo el porcentaje que cobraba por "Falla de Caja", generando una desigualdad respecto de otros compañeros que percibían el suplemento bajo normas anteriores. También sostuvo que se violaban principios constitucionales como igualdad de remuneración, estabilidad y no discriminación.
La respuesta del Gobierno
Las áreas jurídicas del Ministerio de Gobierno y del IPV analizaron el caso y concluyeron que la resolución cuestionada no perjudicó al trabajador, sino que solo aclaró cómo calcular correctamente el adicional.
Según el dictamen oficial, el suplemento debe liquidarse conforme a la Ley 7.897 y al convenio colectivo homologado por el Decreto 2383/2007, que fija el adicional en el 15% de la asignación de la clase del cargo. Los informes señalaron que la Resolución 716/2017 solo corrigió una omisión en la redacción de una norma previa, sin modificar el derecho del empleado a percibir el beneficio.
Decisión final y camino judicial
Con esos antecedentes, la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Asesoría de Gobierno coincidieron en que el recurso debía ser admitido formalmente, pero rechazado porque no había elementos que demostraran ilegalidad, discriminación o perjuicio económico.
El decreto agota la vía administrativa, pero el empleado puede recurrir a la Justicia mediante una acción procesal administrativa dentro de los 30 días posteriores a la notificación.