Enfermería de Entre Ríos cambia sus reglas: el detalle que ahora necesitarán firmar los trabajadores

El Ministerio de Salud de Entre Ríos reescribió las reglas para organizar al personal de Enfermería. Hay un cambio que toca de lleno el día a día de cada trabajador y que ahora exigirá su firma.

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Enfermería de Entre Ríos cambia sus reglas: el detalle que ahora necesitarán firmar los trabajadores
Enfermería de Entre Ríos cambia sus reglas: el detalle que ahora necesitarán firmar los trabajadores

El Ministerio de Salud de Entre Ríos reescribió de punta a punta la forma en que se organiza el personal de Enfermería en los hospitales y centros dependientes de la provincia. Lo hizo a través de la Resolución Nº 4908/26, que fija nuevos criterios para la organización horaria, la dotación, los turnos y la distribución de los trabajadores.

La norma reemplaza a la Resolución Nº 2205/19 y apunta a corregir desfasajes que quedaron viejos frente a la Ley Nº 10.930, que regula la carrera de Enfermería, y su Decreto Reglamentario Nº 599/23. Los ejes que atraviesan el texto son tres: digitalización, equidad laboral y unificación de criterios.

En ese marco, el Sistema Integrado de Planificación en Enfermería de Entre Ríos (SIPEER) pasa a ser la herramienta central para planificar y anticipar cuánto personal se necesita.

"Es esencial que el personal responda a las necesidades de cuidado de Enfermería garantizando continuidad, seguridad y calidad mediante la planificación por día y turno", sostuvo el director general de Enfermería, Martín Nani.

Qué pasa con descansos, francos y licencias

El texto detalla cómo se calcularán los descansos y francos por feriados y asuetos trabajados. Y marca una diferencia clave para el sector: las licencias serán reconocidas íntegramente como días efectivamente trabajados y quedarán exceptuadas del prorrateo que rige para otras situaciones.

La Licencia Anual Ordinaria (LAO) también cambia de base de cálculo: se tomará sobre las jornadas laborales que el agente deba cumplir en ese período, y no sobre los días hábiles de la administración pública.

Una jornada por día y 12 horas de descanso entre turnos

Entre las reglas para organizar los turnos, la resolución establece que habrá una sola jornada laboral por día y que deberán respetarse al menos 12 horas entre la finalización de un turno y el inicio del siguiente.

La planificación podrá contemplar pedidos del trabajador y un fin de semana libre, siempre conciliando esos pedidos con las necesidades operativas del servicio.

Cambios de turno y excepciones

Sobre los cambios de turno y guardia, Nani explicó que "quedarán regulados y registrados siendo posible que el establecimiento amplíe ese límite mediante un acto administrativo fundado".

La normativa también contempla excepciones por indicaciones médicas refrendadas por Comisión Médica, y fija pautas para responder a contingencias como ausentismo imprevisto o aumentos excepcionales de la demanda, con el objetivo de sostener la cobertura de los servicios sanitarios.

Nada sin conformidad firmada

Uno de los puntos que más cambia la rutina diaria: para evitar modificaciones unilaterales, la reasignación de unidad, la prolongación de jornada o cualquier cambio en la planificación requerirán la conformidad firmada del agente.

Esa conformidad deberá quedar documentada mediante la constancia prevista en el Anexo I de la resolución.

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