Ensayaba en su departamento de Godoy Cruz y ahora deberá pagar una costosa indemnización

Parecía un simple conflicto entre vecinos, pero la Justicia terminó condenando al músico a pagar una suma que supera los $3 millones.

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Ensayaba en su departamento de Godoy Cruz y ahora deberá pagar una costosa indemnización
Ensayaba en su departamento de Godoy Cruz y ahora deberá pagar una costosa indemnización

Un conflicto por ruidos molestos constantes terminó con una condena millonaria para un músico de Godoy Cruz. La Justicia civil lo obligó a indemnizar a su vecina, tras un juicio en el que se acreditó que las molestias se extendieron entre 2019 y 2024.

La demanda fue presentada por Elda Susana Reinoso contra Alejandro Sayegh, quien utilizaba su departamento como sala de ensayo y grabación. Según consta en el expediente, allí tocaba piano, batería y guitarra, y también organizaba reuniones sociales que podían ir desde la noche hasta la madrugada.

La sentencia fijó una indemnización de $2.892.500 más intereses, y le impuso al demandado las costas del proceso. Con los honorarios de los profesionales y de la perito, el costo total supera los $3 millones.

Los reclamos previos

La vecina había intentado resolver el conflicto por otras vías. En noviembre de 2022, una audiencia municipal acordó horarios para los ensayos y evaluó la posibilidad de insonorizar el departamento, pero según la demanda ese acuerdo no se cumplió. Después llegaron nuevos reclamos, una carta documento y actuaciones en el Juzgado Contravencional N° 2 de Godoy Cruz.

En noviembre de 2023, la Municipalidad de Godoy Cruz constató ruidos de altos decibeles que se percibían desde la vía pública y le aplicó al músico una multa de $15.000, además de intimarlo a que dejara de generar ruidos molestos.

El tribunal también consideró que, en diciembre de 2024, una sentencia en una acción preventiva ya había ordenado a Sayegh realizar obras para insonorizar su vivienda e impedir la contaminación acústica hacia el exterior. El fallo final entendió que las molestias excedieron la "normal tolerancia" prevista en el artículo 1973 del Código Civil y Comercial y que generaron daños que debían ser reparados.

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