Entraron a su celda en la Alcaidía de General Pico: lo que usaron para atacarlo y quiénes terminaron condenados
La víctima del ataque en la Alcaidía de General Pico no estuvo de acuerdo con la condena que cerraron el fiscal, el defensor y los propios imputados. Qué resolvió el juez y cuánto pesó cada antecedente.
El juez de audiencia de juicio de General Pico, Carlos Pellegrino, condenó a dos internos que estaban alojados en la Alcaidía local por haber atacado a otro preso dentro de su propia celda, según informó la agencia judicial.
La sentencia se dictó en el marco de un juicio abreviado acordado entre el fiscal Juan Ignacio Pellegrino, el defensor oficial Héctor Freigedo y los propios imputados. La víctima, en cambio, expresó su disconformidad con la resolución adoptada por las partes.
Quiénes son los condenados y qué penas recibieron
Los sentenciados son Nazareno Ezequiel Díaz, de 33 años, y Jeremías Oscar Heredia, de 31. Ambos recibieron un mes de prisión efectiva por el ataque.
En el caso de Díaz, esa pena se unificó con otra dictada el 7 de marzo de 2024, lo que derivó en una condena única de cuatro años de prisión por portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal agravada.
Heredia, en tanto, había sido condenado el 28 de noviembre de 2025 a un año y seis meses de prisión por dos robos. Esa pena se unificó en una sentencia única de un año y siete meses.
Cómo fue la agresión en el pabellón
Según acreditó el magistrado, el hecho ocurrió durante la madrugada del 9 de febrero pasado en uno de los pabellones de la Alcaidía de la Unidad Regional II.
Los imputados entraron “de manera sorpresiva a otra celda donde se encontraba alojado el damnificado y lo agredieron con un elemento de madera con punta metálica; provocándole una herida contuso-perforante en el hemitórax izquierdo”, consignó el fallo.
La agresión no fue solo contra esa persona: también resultó herido otro detenido que estaba en el lugar.
Qué dijeron los testigos y por qué habló de coautoría
El juez sostuvo que “los testimonios de la víctima y los testigos resultaron concordantes, al describir una agresión sorpresiva mediante el uso de elementos punzantes de fabricación casera, con el propósito de obligarlos a abandonar el lugar” al damnificado y a otros tres presos.
Además, consideró que Díaz y Heredia actuaron de manera conjunta y coordinada, “configurando una coautoría funcional, dado que sus aportes contribuyeron a concretar la agresión y a disminuir las posibilidades de defensa de las víctimas”.