Entre Ríos ya no paga pensiones de privilegio: qué pasará con los que ya las cobran

El Gobierno de Entre Ríos promulgó la ley que elimina las pensiones de privilegio para funcionarios y empleados públicos. Pero los que ya las cobran no quedan tranquilos: la norma fijó incompatibilidades que podrían dejarlos sin el beneficio. ¿Qué pasará con ellos?

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Entre Ríos ya no paga pensiones de privilegio: qué pasará con los que ya las cobran
Entre Ríos ya no paga pensiones de privilegio: qué pasará con los que ya las cobran

La Ley Nº 11.308 quedó promulgada tras su publicación en el Boletín Oficial Nº 28.422 y puso fin al régimen de pensiones especiales para funcionarios y empleados públicos. La norma, aprobada por la Legislatura el 2 de septiembre, deroga la Ley Nº 4.506 y sus modificatorias.

La promulgación la firmó el gobernador Rogelio Frigerio junto al ministro de Gobierno y Trabajo, Manuel Troncoso. Desde ahora, quienes se desempeñen en la administración provincial, municipal o comunal no podrán acceder a pensiones graciables o especiales por fuera del sistema jubilatorio ordinario.

Qué ocurrirá con las pensiones ya otorgadas

La ley no toca los beneficios ya reconocidos: quienes los cobraban antes de la entrada en vigencia seguirán percibiéndolos. También se mantiene el derecho a pensión para el cónyuge supérstite y los hijos menores en caso de fallecimiento del beneficiario.

Sin embargo, para esas prestaciones se fijó un régimen de incompatibilidades. El cobro no podrá coexistir con cargos, empleos o contratos remunerados en los Estados nacional, provincial, municipal o comunal. La única excepción es el ejercicio de la docencia.

Tampoco se podrá cobrar la pensión junto con otros beneficios de carácter asistencial o graciable. Quienes estén en esa situación deberán elegir entre suspender la pensión o renunciar a la remuneración del cargo público.

Qué pasará ante una incompatibilidad

Si el beneficiario no hace esa opción, la Caja de Jubilaciones y Pensiones podrá suspender de oficio la prestación. Además, podrá avanzar sobre el recupero de las sumas percibidas indebidamente, con los intereses correspondientes, según publicó Apf.

La prohibición no alcanza a las prestaciones derivadas de la Ley Nº 7.849 de Mérito Cultural ni a las contempladas por la Ley Nº 9.216 para Héroes Entrerrianos Veteranos de Malvinas.

El Poder Ejecutivo tendrá ahora un plazo máximo de 90 días corridos para reglamentar la Ley Nº 11.308 y establecer los mecanismos para su implementación. La eliminación de este régimen había sido presentada por el Gobierno provincial como parte de su política de supresión de beneficios especiales vinculados a cargos políticos.

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