Error millonario en Neuquén: Una empleada del IPVU gastó 4 millones que no eran suyos y la Justicia la obliga a devolverlos

¿Qué harías si de repente aparecen millones en tu cuenta? Una empleada de Neuquén gastó el dinero que le llegó por un error administrativo. La Justicia acaba de dar un veredicto que sienta un precedente contundente.

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Error millonario en Neuquén: Una empleada del IPVU gastó 4 millones que no eran suyos y la Justicia la obliga a devolverlos

Una trabajadora del Instituto Provincial de Viviendas y Urbanismo (IPVU) de Neuquén fue condenada a restituir cuatro millones de pesos que recibió por error en su cuenta sueldo. El dinero, transferido por una confusión administrativa, fue utilizado por la mujer para comprar un terreno, desatando una batalla legal que terminó con un fallo ejemplar.

El caso se originó en la Dirección de Tesorería del organismo provincial. Según consta en el expediente, se realizó una transferencia bancaria a la cuenta de la empleada debido a la similitud entre nombres, enviando los fondos a la persona equivocada.

La suma de cuatro millones de pesos apareció en la cuenta de la trabajadora sin que mediara una razón legal que lo justificara, configurando el inicio de un conflicto que debió resolver la Justicia.

La reacción ante el error y el destino del dinero

Cuando desde el IPVU se contactaron con la empleada para informarle del equívoco, su primera respuesta fue que no sabía nada al respecto y que se encontraba ocupada. En un segundo llamado, la mujer ofreció una explicación: pensó que el dinero podía estar vinculado a un juicio.

En esa misma comunicación, reconoció un dato crucial: ya había utilizado los fondos para adquirir un terreno. En ese momento, además, se negó a realizar la devolución.

Los registros bancarios posteriores demostraron que se efectuaron extracciones y diversos movimientos en la cuenta una vez que la trabajadora tuvo conocimiento de que la transferencia había sido un error.

Un camino judicial con dos veredas

La situación también derivó en una causa penal, donde se denunció a la mujer por una posible apropiación de dinero ajeno. Sin embargo, ese proceso culminó con un sobreseimiento por extinción de la acción penal, luego de que la acusada abonara la multa mínima prevista para ese tipo de delito.

A pesar de esa resolución en el fuero penal, el juez civil Martín Peliquero, a cargo del caso, consideró que debía analizar los hechos independientemente. Los eventos, según el magistrado, ya habían sido reconocidos en la investigación previa.

Durante el proceso civil, la empleada sostuvo que no actuó con la intención de quedarse con el dinero de manera deliberada. Argumentó que su situación económica, agravada por la posterior exoneración de su cargo, le impidió devolver los fondos de inmediato.

Manifestó su disposición a reintegrar el monto, pero solicitó que se redujeran los intereses y que se tuvieran en cuenta las retenciones ya practicadas sobre su salario.

Los fundamentos de la condena: El enriquecimiento sin causa

El juez Peliquero encuadró el accionar de la trabajadora dentro de la figura legal de “enriquecimiento sin causa”, prevista en los artículos 1794 y 1795 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Esta normativa establece con claridad que una persona no puede beneficiarse económicamente cuando ese beneficio surge de un error o del perjuicio de otro, sin que exista una justificación legal que lo avale.

La sentencia fue contundente: el IPVU, como organismo público, sufrió un perjuicio económico involuntario. La empleada, por su parte, recibió e incorporó a su patrimonio una suma de dinero a la que no tenía derecho. Por lo tanto, la Justicia determinó que debe restituir la totalidad de los cuatro millones de pesos.

El fallo sienta un precedente sobre la responsabilidad que recae sobre quien recibe fondos por error, más allá de la intención subjetiva, y marca los límites del enriquecimiento injustificado a costa del patrimonio público.

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