Escándalo en Santa Cruz: las juezas del TSJ intimaron a la Caja de Previsión y dieron 24 horas para revertir sus jubilaciones
Las juezas del TSJ de Santa Cruz desafían a la Caja de Previsión: exigen anular sus jubilaciones en 24 horas. ¿Qué argumento constitucional esgrimen?
Las magistradas del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz, Paula Ludueña, Alicia de los Ángeles Mercau y Reneé Fernández, enviaron cartas documento a la Caja de Previsión Social para que anule sus jubilaciones, otorgando un plazo de 24 horas antes de iniciar acciones legales. El conflicto, que venía gestándose, estalló este martes con la presentación formal que anticipó La Opinión Austral.
La disputa se centra en la decisión del organismo previsional, tomada el 14 de agosto de 2026 y enmarcada en el decreto provincial 608/2024, firmado por el gobernador Claudio Vidal. Las juezas sostienen que nunca manifestaron su voluntad de jubilarse y que la medida viola la garantía de inamovilidad que establece el artículo 128 de la Constitución provincial.
La carta documento de Ludueña
La Opinión Austral accedió en exclusiva a la carta documento que la doctora Paula Ludueña presentó ante el Correo Argentino. En el escrito, la vocal rechaza el acuerdo previsional por considerarlo "inoponible, improcedente, ilegal e inconstitucional". Además, exige que tanto el acuerdo como su notificación sean dejados sin efecto en un plazo de 24 horas, advirtiendo que en caso contrario iniciará las acciones legales correspondientes.
La presentación, que lleva la firma de Ludueña en su carácter de vocal del máximo tribunal, se basa en la inamovilidad de los jueces, un principio consagrado en la Constitución santacruceña. Según el artículo 128, los integrantes del TSJ solo pueden ser removidos mediante juicio político.
El abogado Tanarro: "Esta jubilación compulsiva es absolutamente inconstitucional"
Fernando Tanarro, representante legal de las tres vocales, fue contundente al cuestionar la medida. En diálogo exclusivo con La Opinión Austral, el ex fiscal de Estado durante la gestión de Alicia Kirchner afirmó que la jubilación compulsiva no puede ser utilizada como mecanismo para desplazar a los jueces del máximo tribunal.
"Hay un artículo de la Constitución que es muy clarito, que es el 128, que establece que los jueces no pueden ser, los jueces del Tribunal Superior no pueden ser removidos, sino a través de un juicio político", sostuvo Tanarro, quien calificó la decisión de la Caja como una vulneración arbitraria de la garantía constitucional.
Las tres vocales rechazaron la medida
La presentación de Ludueña no es un acto aislado. Según explicó Tanarro, las tres magistradas realizaron comunicaciones individuales para rechazar la jubilación compulsiva, que fueron notificadas tanto a la Caja de Previsión Social como al propio Tribunal Superior. La estrategia legal busca que el organismo previsional revierta sus propios actos antes de que el conflicto escale a instancias judiciales.
El plazo de 24 horas y la respuesta de la Caja
Uno de los puntos centrales de la carta documento es el plazo otorgado a la Caja de Previsión Social. Ludueña exige que el acuerdo y la notificación sean dejados sin efecto en un plazo de 24 horas, dejando planteada la posibilidad de iniciar acciones legales en caso de no obtener una respuesta favorable. El emplazamiento coloca al organismo previsional en una situación delicada, ya que debe responder a una presentación formal de una integrante del máximo tribunal provincial.
"Para evitar llegar a judicializar toda esta situación tienen que retrotraer la resolución, dejarla sin efecto", afirmó Tanarro, quien indicó que la defensa aguarda la respuesta de la Caja para definir los próximos pasos. "Hemos hecho unas comunicaciones y esperaremos la respuesta. A partir de la respuesta que tengamos, vamos a ver cómo seguimos", explicó.
El decreto 608 de Claudio Vidal y la discusión de fondo
La jubilación de las tres vocales está encuadrada en el decreto provincial 608/2024, firmado por el gobernador Claudio Vidal. Tanarro confirmó que la cuestión vinculada con el decreto ya fue judicializada y que continúa por los canales correspondientes. La defensa considera que la decisión previsional no puede avanzar mientras las magistradas rechazan expresamente su voluntad de jubilarse y plantean que la medida afecta la garantía constitucional de inamovilidad.
La estabilidad de la Caja y el futuro del sistema previsional
El conflicto también abrió una discusión sobre la situación financiera de la Caja de Previsión Social. Tanarro rechazó que la medida pueda contribuir al saneamiento del organismo y afirmó que "esta es la forma de generar un mayor déficit en la Caja". Según el abogado, la eventual jubilación de las tres magistradas implicaría la necesidad de cubrir los cargos vacantes, lo que generaría un doble gasto: "Si yo jubilo compulsivamente, además tengo tres jueces, tengo que designar otros tres. Es decir, que tengo que generar tres sueldos por acá y tres sueldos más por allá", sostuvo.
Además, Tanarro vinculó esta situación con una supuesta intención de transferir la Caja a la Nación: "Viene con una intención clara que es la de entregar la Caja a Nación", afirmó.
Las próximas horas serán clave
Con la carta documento presentada por Paula Ludueña, el conflicto suma ahora una intimación formal y un plazo concreto para que la Caja de Previsión Social responda. La presentación no solo rechaza el Acuerdo sino que también cuestiona su legalidad y constitucionalidad, vinculando directamente la situación con la garantía de inamovilidad prevista por la Constitución de Santa Cruz.
Mientras tanto, la representación legal de las tres magistradas mantiene abierta la vía judicial como alternativa ante una eventual negativa de la Caja a retrotraer la medida. "Si hay que recurrir a la Justicia, recurriremos a la Justicia", afirmó Tanarro.
Pero además, resta conocer si el TSJ responderá formalmente a la CPS los acuerdos de jubilaciones de 10 expedientes, incluidos los de las vocales. El decreto 608, cuestionado, otorga hasta 180 días hábiles de prórroga. Esta notificación podría acelerar que se resuelva la cuestión de fondo: si una decisión previsional puede producir el cese de integrantes del Tribunal Superior de Justicia cuando las magistradas sostienen que la Constitución provincial garantiza su inamovilidad.