Esclavitud en plena vidriera: la pareja que condenaron en Santa Cruz y el detalle que los hundió
La condena por trata de personas en Santa Cruz deja una cifra millonaria y una advertencia: la explotación laboral también ocurre detrás de una vidriera. La pareja condenada deberá pagar una reparación que supera los 90 millones de pesos, pero el dato que muchos no ven es cómo se llegó a ese monto.
El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz, con el juez Mario Reynaldi como tribunal unipersonal, condenó a ocho años de prisión a Noemí Edith Choque Laura y Ramy Ramiro Álvarez Aramayo por el delito de trata de personas agravado. La pareja, de origen boliviano, fue hallada coautora responsable de explotar a una joven migrante de 19 años en locales comerciales de Río Gallegos y Gobernador Gregores. La sentencia también fijó una reparación económica que supera los 90 millones de pesos.
La historia que el debate oral reconstruyó se remonta a octubre de 2015, cuando la joven y un primo llegaron desde Bolivia al sur argentino con la promesa de un trabajo estable y un salario de 2.500 pesos bolivianos. Al pisar suelo santacruceño, el ofrecimiento se transformó en un régimen de sometimiento que se extendió por años.
El mecanismo del cautiverio
El fiscal federal Gastón Franco Pruzan, acompañado por la auxiliar Virginia Haggi, sostuvo durante el alegato que los explotadores aprovecharon la situación previa de la víctima. Mencionó su educación secundaria truncada, la falta de herramientas para insertarse laboralmente y un historial de violencia familiar y carencias económicas y afectivas.
El representante del Ministerio Público también subrayó el peso del desarraigo y la condición de migrante. "Tanto el género como la condición de migrante son dos factores importantes que pueden influir en las probabilidades de ser víctima de trabajo forzoso", argumentó, y concluyó que los imputados crearon "una relación totalmente asimétrica, con la finalidad de explotar laboralmente a la víctima".
Las jornadas de la joven se extendían de seis de la mañana a medianoche. Alternaba la atención al público con la limpieza y el servicio doméstico en la casa de sus captores. El primo, en cambio, logró volver a Bolivia a los dos meses, cuando ya no soportó el control al que eran sometidos.
Según la fiscalía, Choque Laura era quien decidía si la víctima podía salir, cuándo y bajo qué condiciones. La dejaba encerrada e impedía que se comunicara con su familia y su entorno. Los cruces telefónicos analizados por los investigadores mostraron además que interceptaba y pateaba las llamadas de la madre y el hermano de la joven.
El dinero que recibía era mínimo y se entregaba una vez al año, sin recibo. De ese monto se descontaban la comida, la ropa y los traslados. La joven no tenía control sobre su patrimonio ni sobre su propia identidad.
Río Gallegos y la pantalla administrativa
En Río Gallegos, los captores la obligaron a firmar un contrato de alquiler comercial y a abrir una cuenta en el Banco Nación. Lo hicieron bajo amenaza de deportarla a Bolivia sin un peso. El miedo a represalias la paralizaba: los acusados tenían familiares en la misma localidad boliviana que sus padres.
La defensa intentó sostener que la joven era "parte de la familia" y que durante esos años "gozaba de plena libertad". El fiscal Pruzan refutó ese argumento al señalar que el relato defensivo caía "ante los diferentes mensajes hallados que demuestran de manera palmaria el ejercicio del dominio, control y explotación sobre la víctima".
La clienta que rompió el cerco
La salida del cautiverio llegó en 2018 gracias a una clienta del local. La joven había sido trasladada otra vez a Gobernador Gregores sin documentos y sin celular. La mujer notó su estado de angustia y, en una charla de mostrador, se enteró de que le daban la comida fraccionada, le imponían jornadas extensas, vivía con los patrones, no podía comunicarse con su familia y le habían confiscado el teléfono.
Fue esa misma clienta quien le prestó su teléfono para llamar a la División Trata de Personas de la Policía de Santa Cruz. Semanas después, durante una visita consular boliviana a Río Gallegos, la joven contó que sus captores podían quitarle la cédula nueva en cualquier momento.
En el juicio, el fiscal destacó que la víctima declaró seis veces y que su relato fue siempre consistente y coherente. Las profesionales del Programa Nacional de Rescate y de la policía provincial fueron clave para acreditar la situación de vulnerabilidad y explotación, y calificaron el testimonio como plenamente verosímil.
Una condena con reparación histórica
La sentencia ordenó el pago conjunto de más de 91 millones de pesos a favor de la víctima, desglosados en beneficio ilícito, lucro cesante y consecuencias no patrimoniales. Para fijar esa cifra, la fiscalía trabajó con la Secretaría para la Investigación Financiera y el Recupero de Activos Ilícitos (SIFRAI) y la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB).
Franco Pruzan recordó que "el derecho a una reparación es un principio de derecho internacional que obliga al Estado a brindar las herramientas necesarias para permitir la obtención de restitución y la indemnización por los daños ocasionados por violaciones graves a los derechos humanos".
El tribunal también libró oficios para iniciar un incidente de recupero de activos, enviar copias a Migraciones y a la Embajada, y remitir actuaciones a la justicia provincial para que se investigue un presunto historial de abusos en la vivienda.