Familiares que denuncian demoras judiciales lograron que el máximo tribunal intervenga en dos causas penales

Si vivís en Santa Cruz y alguna vez esperaste respuestas de la Justicia, sabés la impotencia de los expedientes estancados. Dos familias de Caleta Olivia acaban de conseguir que el Tribunal Superior ordene una auditoría urgente.

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Familiares que denuncian demoras judiciales lograron que el máximo tribunal intervenga en dos causas penales
Familiares que denuncian demoras judiciales lograron que el máximo tribunal intervenga en dos causas penales

El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz ordenó una auditoría urgente sobre dos expedientes penales que tramitan en Caleta Olivia, tras los reclamos de los familiares de Mario García y Alejandro Palemarchuk por demoras e irregularidades en las investigaciones.

La medida fue firmada por el presidente del TSJ, Gabriel N. Contreras Agüero, y quedó registrada en el Tomo CCXXXIX, Reg. N° 35, Folios 57/58. A través de esa resolución, se intimó al Juez de Recursos de la Segunda Circunscripción Judicial a realizar un relevamiento exhaustivo del estado de ambas causas.

El caso Mario García

Mario García, de 50 años, desapareció en Caleta Olivia y su caso dio un giro el 21 de enero, cuando una extremidad en avanzado estado de descomposición fue hallada en un terreno descampado detrás del barrio 13 de Diciembre. Los análisis de ADN confirmaron una "compatibilidad total del 100%" con el hombre.

Sus hermanos, Gisella y José García, confirmaron que la jueza de la causa les notificó formalmente el resultado positivo. Sin embargo, cuestionaron con dureza el accionar judicial y policial. "A él me lo llevaron, no se fue. Habló de más y alguien se molestó. Para mí es un homicidio", sostuvo Gisella Cruz.

Los familiares también manifestaron su malestar por la filtración de información a los medios y redes sociales antes de que ellos fueran notificados. "Nos sentimos como que no les importa nada, que prácticamente son inoperantes. Si el expediente está bajo secreto de sumario, nadie tendría que enterarse de nada", criticaron.

Desde el ámbito judicial, en tanto, argumentan que la causa aún no fue recaratulada como homicidio debido a la escasez de elementos probatorios en la escena inicial y a la falta de evidencias concluyentes sobre la mecánica del deceso. La instrucción continúa con nuevas pericias sobre restos óseos que se sospecha corresponden a la misma víctima. Las muestras fueron derivadas primero a laboratorios de Río Gallegos y luego a la ciudad de Buenos Aires para su análisis.

El ataque a Alejandro Palemarchuk

Alejandro Palemarchuk, estibador de 34 años, falleció el 6 de julio tras permanecer una semana internado. Había sido brutalmente atacado por un grupo de jóvenes frente a su vivienda en Caleta Olivia.

Su madre, Patricia Palemarchuk, relató que una patota de más de diez personas llegó hasta su casa buscando a uno de sus nietos, que se habría negado a integrar ese grupo. Cuando Alejandro salió a defender a su familia, fue agredido con piedras y golpes que le provocaron graves lesiones.

La mujer aseguró que hay cámaras de seguridad en la zona y que Criminalística ya trabaja sobre las imágenes para identificar a los responsables, entre los que habría menores y mayores de edad. Además, afirmó que la familia aportó los nombres de varios presuntos involucrados.

Patricia también cuestionó al sistema de salud y a la Justicia: dijo que su hijo fue operado y dado de alta, pero horas después sufrió una descompensación y debió ser trasladado nuevamente al hospital, donde finalmente murió.

Qué dispuso el TSJ

La auditoría ordenada por el máximo tribunal tiene un plazo de 15 días hábiles para que el magistrado contralor eleve un informe circunstanciado del estado de trámite de los expedientes, con el objetivo de detectar dilaciones indebidas, verificar la producción de pruebas pendientes y corregir falencias en la instrucción penal.

El relevamiento es puramente administrativo: se prohíbe emitir opiniones sobre la responsabilidad penal para preservar la imparcialidad del juez ante eventuales apelaciones.

El TSJ fundamentó la medida en el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Justicia de Santa Cruz (Ley N° 1600) y en la obligación de garantizar un servicio de justicia libre de dilaciones injustificadas, conforme a la Constitución Nacional y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

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