Femicidio de Vanesa Pérez: la Corte anuló el fallo que liberó al acusado y ordena rehacer el juicio
La Corte Suprema de Tucumán anuló el fallo que había liberado al acusado del femicidio de Vanesa Pérez. ¿Qué pasó con la autopsia y qué viene ahora?
La Corte Suprema de Tucumán revocó la decisión que había dejado sin efecto la condena a perpetua de Nicolás Marcelo Fernández, acusado del femicidio de Lidia Vanesa Pérez, ocurrido en Simoca a fines de 2023. El máximo tribunal provincial hizo lugar al recurso de la fiscalía y ordenó que un nuevo Tribunal de Impugnación analice el caso.
¿Qué pasó con la condena?
El 30 de diciembre de 2023, Vanesa Pérez, de 32 años, fue hallada sin vida en una vivienda del barrio Alfonsín, en Simoca. Su pareja, Fernández, de 24 años, intentó instalar la hipótesis de un suicidio, pero la autopsia reveló que la causa de muerte fue asfixia mecánica por compresión externa del cuello.
Tras un juicio oral, el 2 de julio de 2025, el Tribunal de Juicio de Concepción condenó a Fernández a prisión perpetua por homicidio doblemente agravado. Sin embargo, la defensa logró que en febrero de este año el Tribunal de Impugnación de Concepción y Monteros anulara el debate y ordenara un nuevo juicio, al considerar que la notificación de la autopsia no había sido fehaciente.
Los argumentos de la Corte
El fiscal Gerardo Salas y la querella recurrieron a la Corte Suprema provincial. Sostuvieron que excluir la autopsia generaba un perjuicio irreparable y que el fallo del Tribunal de Impugnación se basaba en un rigorismo formal excesivo. La Corte, por unanimidad, les dio la razón: estableció que no se puede anular una sentencia por un defecto de notificación sin evaluar el impacto real en la defensa.
Además, descartaron la supuesta violación al principio de congruencia, ya que calificar el estrangulamiento como "rápido, súbito y violento" no cambia el hecho central: el asesinato de Vanesa mediante un cable.
¿Qué viene ahora?
La Corte declaró la nulidad de la sentencia del Tribunal de Impugnación y remitió el expediente a la Oficina de Gestión de Audiencias. Deberá conformarse un nuevo tribunal que deberá analizar nuevamente el recurso de la defensa, pero esta vez ajustándose a los criterios fijados por el máximo tribunal provincial.