Feriado del 17 de agosto: ¿pueden abrir los comercios y qué pasa con el pago?
¿Pensabas que el feriado del 17 de agosto era un día común? Enterate qué pasa con los comercios y cuánto te pagan si trabajás.
El próximo lunes 17 de agosto se conmemora el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín y será feriado nacional. La Cámara de Agricultura, Industria y Comercio de General Roca (CAIC) difundió una guía para aclarar cómo impacta en los comercios y en los trabajadores. Quienes asistan a trabajar ese día deberán cobrar el doble de una jornada habitual, según la normativa vigente.
¿Qué dice la ley sobre el feriado?
Al tratarse de un feriado nacional, rigen las normas del descanso dominical. Esto significa que los comercios pueden abrir sus puertas, pero los empleados no están obligados a prestar tareas. Si un trabajador decide no asistir, no corresponde que le descuenten el día de su salario.
¿Cuánto cobran quienes trabajen?
Aquellos que sean convocados y efectivamente trabajen el lunes 17 recibirán una remuneración equivalente al doble de una jornada habitual. La Ley de Contrato de Trabajo establece que, en feriados nacionales, quien preste servicios cobra la remuneración normal de un día laborable más una suma igual.
La CAIC remarcó que la posibilidad de abrir durante un feriado no implica que la jornada pueda abonarse como un día común. Si el establecimiento funciona y el trabajador presta servicios, debe respetarse el pago adicional establecido por ley.
La fecha también representa una oportunidad para un nuevo fin de semana largo, con el lunes como jornada de descanso para quienes no deban trabajar. La normativa nacional diferencia los feriados de los días no laborables: en los primeros rigen las reglas del descanso dominical y, si se trabaja, corresponde el pago adicional.