Figurar en el registro les bloqueaba el carnet y el empleo público: qué busca cambiar el proyecto

Una diputada santacruceña impulsa junto a otros tres legisladores un cambio en la ley que hoy deja a personas sin empleo público ni carnet por obstaculizar el vínculo con sus hijos. El proyecto ya tiene número, pero lo que propone adentro es lo que descoloca.

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Figurar en el registro les bloqueaba el carnet y el empleo público: qué busca cambiar el proyecto
Figurar en el registro les bloqueaba el carnet y el empleo público: qué busca cambiar el proyecto

En Santa Cruz rige desde 2006 una norma que pocos conocen y que tiene consecuencias muy concretas: la Ley Provincial 2928, que creó el Registro Provincial de Obstructores de los Vínculos Familiares. Ahí pueden terminar quienes incumplen decisiones judiciales sobre el régimen de comunicación con sus hijos, y las restricciones que recaen sobre ellos van mucho más allá del ámbito familiar.

Ahora, un proyecto ingresado a la Cámara de Diputados propone revisar de raíz cómo funciona ese registro y qué efectos tiene para las personas que aparecen en él.

Qué prohíbe hoy la ley vigente

El artículo 4 de la normativa sancionada en 2006 establece una serie de impedimentos para quienes fueron incorporados por decisión judicial. Entre ellos:

Trabajar o ocupar cargos en la administración pública provincial. Presentarse como candidato a cargos electivos. Ser proveedor o contratista del Estado provincial. Obtener habilitaciones, permisos o concesiones. Y también obtener la licencia de conducir.

El alcance es preciso: las prohibiciones recaen sobre quienes están formalmente inscriptos en el registro, no sobre cualquier persona que atraviese una separación o un conflicto familiar.

La apuesta del proyecto: quitar los castigos automáticos

La iniciativa busca reemplazar ese artículo por otro que fije los requisitos para incorporar a alguien al registro. Si prospera, esas prohibiciones generales dejarían de aplicarse por el solo hecho de figurar en la nómina.

Esto no implica habilitar el incumplimiento de las resoluciones judiciales sobre el contacto con los hijos. Los jueces mantendrían la potestad de disponer medidas para garantizar el régimen de comunicación, pero deberían analizar cada caso y aplicar las restricciones de manera individualizada y proporcional.

La idea de fondo es que el registro siga existiendo, aunque sus consecuencias no sean idénticas y automáticas para todos los incluidos.

Qué se necesitaría para entrar al registro

Otra modificación central apunta a los requisitos de inscripción. El texto exige que exista una conducta deliberada, reiterada e injustificada que impida o dificulte gravemente el contacto fijado por la Justicia.

Como ejemplos: incumplir de forma sistemática los días de visita, bloquear las comunicaciones telefónicas o impedir el vínculo con familiares cuando hay una resolución judicial que lo garantiza.

En cambio, una denuncia, una discusión entre padres separados o un incumplimiento aislado no bastarían para incorporar automáticamente a una persona. Además, el juez deberá fundamentar su decisión, identificar los incumplimientos y asegurar el derecho de defensa.

También tendrá que evaluar si existen razones legítimas para restringir el contacto, en especial cuando esté en riesgo la integridad física, psicológica o sexual de un niño.

Qué pasaría con quienes ya figuran

El proyecto contempla revisar las inscripciones existentes. Las personas incluidas podrían pedir una revisión judicial si consideran que dejaron de darse las circunstancias que motivaron su incorporación.

Las inscripciones deberán tener un plazo de vigencia o condiciones de revisión. Cuando un juez ordene una baja, deberá hacerse efectiva dentro de las 48 horas hábiles posteriores a la recepción de la comunicación.

Además, se prevé una auditoría del registro en los primeros 90 días de vigencia de la eventual nueva ley, para saber cuántas personas figuran, por qué fueron incorporadas y si las resoluciones judiciales siguen vigentes.

Quiénes lo presentaron y qué falta

La iniciativa fue presentada el 21 de octubre de 2026 por los diputados Fabiola Loreiro, Cristian Ojeda, Santiago Aberastain y Patricia Urrutia, del bloque Por Santa Cruz. Se trata del proyecto 767/2026, que propone modificar integralmente la Ley Provincial 2928.

El texto también incluye escuchar a los niños y adolescentes involucrados, proteger sus datos personales y modernizar el registro con un sistema digital.

Por ahora nada cambió: el proyecto debe ser tratado por la Legislatura y obtener aprobación para convertirse en ley. Hasta entonces sigue rigiendo el sistema de 2006, con todas las restricciones para quienes fueron incorporados judicialmente al registro.

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