Fomentar Empleo vs. Volver al Trabajo: ¿cuál te conviene y por qué uno sigue frenado?
¿Pensabas que cobrar los $78.000 era automático? El Gobierno aclaró las reglas de Fomentar Empleo y dejó en suspenso a Volver al Trabajo. Enterate qué tenés que hacer para no quedarte afuera.
El Ministerio de Capital Humano salió a aclarar el panorama tras la reciente acreditación de fondos de Fomentar Empleo, que volvió a generar confusión entre los ex beneficiarios del Potenciar Trabajo. Mientras unos cobran, otros siguen esperando. ¿Qué cambió realmente?
La reestructuración de los programas sociales dejó tres líneas independientes: Fomentar Empleo, Volver al Trabajo y Acompañamiento Social. Cada una tiene sus propias reglas, padrones y condiciones de pago, y la confusión es comprensible: muchos fueron migrados de uno a otro sin entender bien los requisitos.
¿En qué se diferencian Fomentar Empleo y Volver al Trabajo?
Ambos dependen de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, pero su origen y funcionamiento son distintos. Fomentar Empleo es una política de inserción laboral que da asistencia económica temporal a cambio de realizar cursos de capacitación, prácticas formativas o intermediación laboral.
Volver al Trabajo, en cambio, surgió como una de las dos divisiones del disuelto Potenciar Trabajo, con una asignación mensual directa. Esa liquidación quedó suspendida: se cumplieron los plazos previstos y se revocó la medida cautelar que sostenía los pagos provisorios. Hoy, las cuentas de Volver al Trabajo están frenadas a la espera de una resolución de la Corte Suprema.
La tercera pata, Acompañamiento Social, está orientada a adultos mayores y madres de familias numerosas, y sigue vigente por resolución oficial hasta 2028.
¿Por qué estar en el padrón no garantiza cobrar los $78.000?
La Resolución 832 de la cartera laboral equiparó el monto de referencia de Fomentar Empleo a $78.000 mensuales, igualando la cifra que manejaba Volver al Trabajo. Pero ojo: la equivalencia de montos no implica unificación de prestaciones ni habilita cobros automáticos sin contraprestación formativa.
Muchos extitulares de Volver al Trabajo fueron migrados automáticamente a la base de Fomentar Empleo, pero las autoridades remarcaron que figurar activo en el padrón no da derecho al cobro. La ayuda está condicionada a reglas claras:
Modalidad presencial obligatoria: desde fines de 2025 se discontinuó el subsidio para cursos virtuales. Solo cobran quienes acreditan asistencia y regularidad en capacitaciones presenciales o semipresenciales.
Liquidación por curso activo: el pago cesa si termina el curso o si hay inasistencias injustificadas.
Diferenciación con Volver al Trabajo: la falta de resolución judicial favorable en la Corte Suprema mantiene las cuentas de Volver al Trabajo sin acreditaciones previstas para los meses en curso.
¿Cómo inscribirse a los cursos presenciales de Fomentar Empleo?
Para acceder a la asignación de $78.000, los interesados deben gestionar su vacante a través del Portal Empleo. Los pasos son:
Ingresar a portalempleo.gob.ar con CUIL y contraseña de Mi Argentina. Actualizar el currículum digital con antecedentes formativos, experiencia laboral y datos de contacto. Buscar las ofertas de formación presencial disponibles en la jurisdicción correspondiente. Al postularse, el sistema indica automáticamente si la capacitación tiene cupo y si otorga el beneficio dinerario.
La confusión entre programas es entendible, pero las reglas son claras: sin presencialidad, no hay pago. Y para los que esperan por Volver al Trabajo, la pelota sigue en la cancha de la Justicia.