Galán se salvó de dos causas, pero la Cámara dejó firme la que más le preocupa
¿Qué delito le queda firme a Galán tras el fallo de la Cámara y cuáles quedaron en el camino? La resolución dejó contento a nadie: el legislador se anotó un triunfo parcial, pero la causa que más lo complica sigue en pie.
La Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos de Catamarca confirmó parcialmente el pedido de desafuero del diputado provincial Javier Galán, en el marco de la investigación por el presunto delito de peculado de trabajos o servicios, previsto en el artículo 261 del Código Penal.
La decisión, adoptada por mayoría, ratifica en este punto lo que ya había dispuesto el Juzgado de Control de Garantías de Cuarta Nominación, que había habilitado el desafuero del legislador para su sometimiento a proceso penal por ese hecho.
Qué dejó firme la Cámara y qué no
El tribunal hizo lugar parcialmente al planteo de la defensa. Dejó sin efecto el pedido de desafuero vinculado a la investigación por amenazas calificadas por el uso de armas y exacciones ilegales, pero mantuvo vigente la medida relacionada con el presunto peculado de trabajos o servicios.
Es decir: Galán logró torcer el rumbo en dos de los tramos de la causa, aunque la Cámara sostuvo el avance del expediente por el delito que contempla el artículo 261 del Código Penal.
El descargo del legislador
Antes de conocerse la resolución, Galán había cuestionado públicamente el avance del pedido de desafuero. Sostuvo que no existían elementos “contundentes” que justificaran quitarle los fueros y planteó que una denuncia o una acusación no pueden ser consideradas una condena ni una prueba suficiente.
Con la decisión de la Cámara, el diputado deberá responder por el presunto peculado, mientras que las otras dos líneas de investigación quedaron, por ahora, fuera del pedido de desafuero.