Ganaron el concurso del Castagnino, pero la Justicia les cerró la puerta al cobro
Habían ganado el concurso para ampliar el Museo Castagnino y reclamaban más de $10,5 millones. La Justicia acaba de resolver qué pasa con esa cifra y con el proyecto que nunca se construyó.
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 le dio un revés judicial al estudio de arquitectos cordobeses que buscaba cobrarle al municipio por un proyecto que nunca se construyó. El tribunal desestimó la demanda y validó la postura del Ejecutivo local en la disputa por el Museo Castagnino.
Los profesionales, respaldados por el Colegio de Arquitectos de Rosario, habían reclamado más de $10,5 millones entre honorarios e indemnizaciones. El argumento: habían ganado el concurso de anteproyectos para ampliar y remodelar el Museo Municipal de Bellas Artes Juan B. Castagnino, pero la obra jamás se ejecutó.
El origen del conflicto
Todo se remonta a 2017, cuando el gobierno provincial convocó un concurso nacional de anteproyectos para agrandar y poner en valor el museo. La propuesta ganadora salió de los estudios Pasto Arquitectos y Carballo-Errasti Arquitectos.
Las obras estaban previstas para 2019, pero la falta de fondos provinciales hizo que el proyecto se diera de baja. Sin financiamiento, tampoco hubo dirección ejecutiva. La iniciativa quedó en el cajón.
La controversia llegó a la Justicia en 2022. Los arquitectos pidieron el pago de honorarios pendientes y una indemnización por los perjuicios que, según su versión, les había generado la interrupción del proyecto.
El nuevo capítulo que reavivó la pelea
El caso volvió a la escena pública entre fines de 2025 y comienzos de 2026, cuando la Municipalidad avanzó con una nueva propuesta de ampliación, distinta de la que había ganado el concurso. En ese contexto, el Colegio de Arquitectos de Rosario se posicionó con dureza contra el Ejecutivo local, al que acusó de poner en riesgo el patrimonio económico de los rosarinos.
Ahora la Justicia resolvió la disputa a favor del municipio. Entre los fundamentos, la Cámara sostuvo que los demandantes nunca rescindieron formalmente el contrato, un paso que consideró indispensable para reclamar daños e indemnizaciones.
Qué pesó en la decisión del tribunal
Los magistrados también remarcaron que las etapas II y III del proyecto no fueron entregadas, por lo que no correspondía exigir su pago. Con el mismo criterio, descartaron reconocer honorarios por la dirección de obra, ya que los trabajos no llegaron a ejecutarse.
Respecto de la responsabilidad de la administración municipal, el tribunal concluyó que los arquitectos no lograron probar una conducta culpable del municipio que justificara las indemnizaciones pedidas.
Por eso, el reconocimiento económico quedó limitado al saldo pendiente de la primera etapa, la única que efectivamente se entregó.